Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 235

Fecha del Boletín 
02-10-2025

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251002-36

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda

36
Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda. Convocatoria

Extracto de la convocatoria pública abierta dirigida a entidades del sector público para acceder al entorno controlado de pruebas de proyectos innovadores de la ciudad de Madrid (sandbox), aprobada por Decreto de 16 de septiembre de 2025, de la delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda.

De conformidad con lo establecido en los artículos 45 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace pública la convocatoria para el acceso de proyectos al entorno controlado de pruebas de innovación de la Ciudad de Madrid (sandbox).

Primera. Objeto de la convocatoria.—El objeto de las bases es establecer la regulación de la convocatoria pública abierta para acceder al entorno controlado de pruebas de proyectos innovadores, a fin de comprobar la viabilidad técnica de sus soluciones y obtener información para su futuro desarrollo.

Asimismo, se busca ampliar el conocimiento sobre el efecto de las normas municipales existentes obteniendo un instrumento de evaluación de la normativa existente.

Segundo. Ámbito de aplicación.—La convocatoria se dirige a entidades del sector público interesadas en participar en la convocatoria abierta, a fin de incentivar su participación en el desarrollo tecnológico de la ciudad.

Las bases de la convocatoria se aplicarán a los proyectos que soliciten acceso al entorno controlado de pruebas y que guarden relación con alguna de las siguientes materias: sostenibilidad, economía, energía, seguridad, movilidad, accesibilidad, turismo, mobiliario urbano, así como cualquier otro ámbito relativo a los servicios públicos municipales competencia del Ayuntamiento de Madrid.

Tercero. Bases reguladoras.—La convocatoria se regirá por lo dispuesto en las bases que figuran como Anexo al Decreto de 16 de septiembre de 2025, de la delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, por el que se aprueba la convocatoria pública dirigida a entidades del sector público para acceder al entorno controlado de pruebas de proyectos innovadores de la ciudad de Madrid (sandbox).

Las bases íntegras de la convocatoria se publicarán en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” y estarán disponibles en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid ( https://sede.madrid.es ).

El régimen jurídico aplicable a la convocatoria será el contenido en las bases, así como el previsto en la Ordenanza 1/2025, de 28 de enero, por la que se regula el entorno controlado de pruebas de proyectos innovadores de la ciudad de Madrid, así como en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Cuarto. Régimen económico.—La autorización para acceder al entorno controlado de pruebas no conlleva el abono de los tributos y demás exacciones de conformidad con la normativa tributaria vigente, siempre que se trate de proyectos promovidos por entidades del sector público y las actividades desarrolladas se encuadren dentro del ámbito de sus funciones públicas.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y el artículo 82.1.c) del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, estarán exentas del pago de los tributos locales las Administraciones Públicas, sus organismos autónomos y otras entidades del sector público, respecto de las actividades directamente gestionadas en el marco del entorno controlado de pruebas autorizado por el Ayuntamiento de Madrid.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo para la presentación de las solicitudes comenzará a las 00:00 horas del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Al establecerse un proceso abierto de valoración de los proyectos presentados, el plazo para la presentación de solicitudes permanecerá abierto hasta la modificación o revocación de la convocatoria.

Sexto. Órganos competentes.—El órgano competente para instruir el procedimiento es la Subdirección General de Atracción de Nuevas Tecnologías.

El órgano colegiado encargado del estudio y evaluación de las solicitudes de acceso al entorno controlado de pruebas es el Comité de evaluación. A este comité, presidido por el/la titular del Área delegada de Innovación y Emprendimiento e integrado por directivos del Ayuntamiento de Madrid, le corresponderá la formulación de la propuesta de autorización de acceso al órgano autorizante.

El órgano competente para el otorgamiento de la autorización es la persona titular de la Dirección General de Innovación, tal y como recoge el apartado 21.o 2 del Acuerdo de 29 de junio de 2023, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda.

Séptimo. Resolución.—El plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento, al ser una convocatoria abierta, será de seis meses contados a partir de la fecha de solicitud de la prueba. El plazo podrá suspenderse en caso de concurrir alguno de los supuestos previsto en el artículo 22 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Transcurrido dicho plazo sin haberse dictado resolución expresa, las solicitudes se entenderán desestimadas por silencio administrativo.

Madrid, 16 de septiembre de 2025.—La delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, Engracia Hidalgo Tena.

(01/15.173/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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