Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 235

Fecha del Boletín 
02-10-2025

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251002-6

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

6
RESOLUCIÓN de 25 de septiembre de 2025, de la Directora General de Función Pública, por la que se aprueba y publica el programa, regulación y duración del curso selectivo para el ingreso en el Cuerpo Superior de Gestión de la Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, previsto en la Orden 587/2021, de 15 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

Mediante la Orden 587/2021, de 15 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de noviembre) se convocaron pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Gestión de la Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid.

La base novena de la citada Orden establece que los aspirantes que superen la oposición habrán de realizar un curso selectivo, de carácter obligatorio y eliminatorio, que será organizado por la Dirección General de Función Pública, cuyo programa, regulación y duración, se establecerá por Resolución de la Dirección General de Función Pública, que será objeto de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

La programación de este curso se ha planificado de conformidad con los criterios que al respecto se contienen en la Orden de 1 de julio de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dictan instrucciones para la agilización de los procesos selectivos de acceso a la Administración de la Comunidad de Madrid, especialmente en atención a lo previsto en la instrucción decimotercera “Cursos selectivos y períodos de prácticas”.

En virtud de cuanto antecede, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 15, apartado p) del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,

RESUELVO

Primero

Objetivos general y específicos

La finalidad primordial del curso selectivo es la adquisición por los aspirantes a ingresar en el Cuerpo Superior de Gestión de la Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, de las habilidades y conocimientos, tanto teóricos como prácticos, que complementen los adquiridos durante la oposición, en orden a garantizar su preparación específica y la acreditación de las aptitudes necesarias para el ejercicio de las funciones propias de dicho Cuerpo.

Es objetivo general facilitar la incorporación de los participantes en el seno de una cultura administrativa orientada a la transformación de métodos y procedimientos; alineada, en todo momento, con la dinámica sociedad en la que se inserta y de acuerdo con los valores del servicio público.

Como objetivos específicos, el curso se dirige a:

— Completar los conocimientos acreditados en la superación del proceso selectivo, en aspectos directamente vinculados con los valores y principios inherentes a la gestión pública.

— Formar a los aspirantes en aspectos ligados con las estrategias de modernización de la Administración autonómica, en particular en lo que se refiere a las nuevas tecnologías como instrumentos de gestión y transformación administrativa.

— Ofrecer a los aspirantes una introducción a las potencialidades de la inteligencia artificial en el ámbito de las Administraciones Públicas y, en particular, en la Comunidad de Madrid.

— Poner a disposición de los aspirantes una exposición de la importancia de la gestión por proyectos, así como de las herramientas disponibles para su implementación, entendida como una modalidad de actuación que permite una planificación y gestión estratégicas.

— Capacitar a los aspirantes de las habilidades personales y profesionales más adecuadas para el ejercicio de sus funciones, en particular en lo que se refiere al desempeño de los puestos pre-directivos en los que se incorporarán tras su toma de posesión como funcionarios de carrera.

Segundo

Duración y programa

1. El curso selectivo tendrá una duración de 50 horas lectivas.

El curso selectivo se iniciará a las nueve horas del día 13 de octubre de 2025.

Sin perjuicio de la comparecencia de los aspirantes ante el tribunal calificador para la exposición del trabajo al que se refiere el apartado quinto de esta resolución, el curso selectivo se considerará finalizado el último día del período lectivo, previsto para el día 24 de octubre de 2025.

2. El programa estará integrado por los siguientes módulos, con la duración que, igualmente, se indica a continuación:

— Módulo 1. “Los valores del servicio público: ética e integridad en la gestión administrativa”: 5 horas.

— Módulo 2. “Introducción a la Administración electrónica en la Comunidad de Madrid”: 10 horas.

— Módulo 3. “El plan de capacitación digital de los empleados públicos de la Comunidad de Madrid”: 5 horas.

— Módulo 4. “La Inteligencia artificial en las administraciones públicas”: 5 horas.

— Módulo 5. “Planificación estratégica y gestión de proyectos”: 10 horas.

— Módulo 6. “Habilidades para pre-directivos”: 15 horas.

Tercero

Régimen académico

Será obligatoria la asistencia a las clases y actividades que se organicen, así como la realización de los trabajos y pruebas que se soliciten a los aspirantes durante el desarrollo del curso. El incumplimiento de este requisito, salvo causas justificadas, valoradas por la Dirección General de Función Pública, originará la imposibilidad de concurrir a la exposición de su trabajo ante el tribunal calificador y, por tanto, la pérdida del derecho a ser nombrado funcionario de carrera.

Los aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por la Dirección General de Función Pública, podrán participar, por una sola vez, en el curso inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

Cuarto

Régimen disciplinario

Durante la realización del curso selectivo los aspirantes, que previamente habrán sido nombrados funcionarios en prácticas, estarán sometidos a la normativa sobre régimen disciplinario aplicable a los funcionarios, sin perjuicio de las normas especiales que regulen su procedimiento de selección.

El incumplimiento injustificado de las obligaciones académicas por parte de los aspirantes supondrá la pérdida de los derechos adquiridos, sin perjuicio de los efectos que pudieran derivarse del régimen disciplinario.

Quinto

Modalidad de impartición

1. El curso se impartirá en su totalidad mediante la modalidad presencial a través de videoconferencia.

La impartición por videoconferencia se considera como un entorno ágil de aprendizaje donde el personal formador y los participantes en el curso selectivo interactuarán de forma concurrente, a través de un sistema de comunicación telemático que permitirá llevar a cabo un proceso síncrono de intercambio de conocimientos.

La videoconferencia se realizará a través del acceso de los participantes en el curso selectivo a los enlaces que recibirán en sus correos electrónicos. Las direcciones de correo electrónico a las que se dirigirán los enlaces serán las comunicadas por los participantes en el proceso selectivo al realizar su solicitud de participación en el mismo, salvo que estas no se encuentren operativas y comuniquen, antes del día 8 de octubre de 2025, otra distinta a la Dirección General de Función Pública, dirigiendo la petición a la dirección de correo buzonopositor.fpublica@madrid.org , indicando como asunto “Orden 587/2021”.

2. Para la participación en el curso a través de esta modalidad, los aspirantes deberán disponer de una infraestructura informática que incluya cámara y micrófono. El curso también podrá seguirse a través de dispositivos móviles que cuenten con esos elementos.

Subsidiariamente, el aspirante que no disponga de los medios citados podrá solicitar hacer uso de los accesos informáticos del centro de formación de la Dirección General de Función Pública, cuya utilización para esta finalidad se facilitará, siempre que estos estén disponibles.

3. Durante el desarrollo de las clases los alumnos deberán, obligatoriamente, tener conectada la cámara, de forma que el docente tenga en todo momento acceso a la imagen de los mismos y se facilite la interacción y conexión visual entre los participantes.

4. Las clases se impartirán en horario de 09:00 a 14:30 horas, pudiéndose efectuar un descanso único de treinta minutos o dos de quince minutos, a elección del docente.

5. En orden a garantizar el control de la asistencia de los alumnos a la totalidad de las horas lectivas del curso, el personal formador deberá facilitar a la Dirección General de Función Pública la conexión durante la impartición de la formación. A los efectos exclusivos del control de asistencia, la Dirección General de Función Pública podrá solicitar la grabación puntual de alguna sesión.

En todo caso, y con independencia de estos posibles medios de seguimiento el personal responsable de la impartición de cada uno de los módulos expedirá una declaración responsable en la que se manifieste, tanto la identidad de los diferentes docentes, si concurren varios, como la de las personas que hayan participado como alumnado en la correspondiente sesión, con expresión de si la asistencia fue total o parcial.

Sexto

Sistema de evaluación

1. Sin perjuicio de las obligaciones académicas anteriormente expuestas, y de conformidad con lo dispuesto en la base novena de la Orden 587/2021, de 15 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, con objeto de la superación del curso, los aspirantes que participen en él deberán realizar un trabajo que se expondrá ante el tribunal calificador, cuyo contenido versará sobre los conocimientos teórico-prácticos recibidos durante el desarrollo del curso.

2. El trabajo tomará la forma de un breve ensayo sobre cualquiera de los módulos incluidos en el curso, a elección del alumno. Queda, igualmente, incluida la posibilidad de combinar varios módulos.

Este ensayo podrá consistir en una reflexión teórico-conceptual sobre alguna de las materias objeto del curso; en una exposición del estado de situación doctrinal; en un estudio de caso o de buena práctica sobre el particular, tanto en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid como en cualquier otra Administración Pública; o en el diseño de un proyecto general de mejora en un ámbito concreto de la gestión administrativa, de acuerdo con las características propias de la gestión de proyectos.

3. El formato del trabajo será electrónico, y se entregará como un pdf.

4. La extensión del trabajo es libre, debiendo estar comprendida entre un mínimo de cinco folios y un máximo de diez. No podrán incluirse imágenes, pero sí gráficos, cuadros, diagramas y bibliografía.

El formato será el siguiente:

— Letra Arial 11.

— Interlineado 1,5.

— Justificado.

— Márgenes de las páginas normales, sin alineaciones específicas.

— Número de páginas en letra Arial 11, esquina inferior derecha.

5. Los aspirantes, con anterioridad a las 24 horas del día 28 de octubre de 2025, deberán remitir al tribunal calificador, por correo electrónico, una copia de su trabajo, con identificación de la persona autora del mismo. El Tribunal calificador al publicar el calendario de exposiciones indicará la dirección a la que deben ser remitidos los trabajos elaborados por cada uno de los participantes en el curso selectivo.

6. La exposición será calificada por dicho órgano de selección como “apta” o “no apta”, debiéndose tomar en consideración a tal efecto, los siguientes criterios de valoración:

— Nivel y comprensión de conocimientos.

— Relevancia e interés de su contenido.

— Ordenación y conexión de ideas.

— Capacidad de expresión oral y fluidez verbal.

— Claridad y dinamismo en la exposición.

— Originalidad en su presentación y contenido.

Sin perjuicio del sistema de citas comúnmente establecido, la reproducción, total o parcial, de cualquier artículo, publicación, tesis doctoral, o cualquier otro documento o estudio de similar naturaleza, que pudiera existir en la temática correspondiente dará lugar a la calificación de la memoria como “no apta”.

No se entenderá superado el curso si la calificación obtenida es “no apta”, perdiendo el aspirante afectado por dicha calificación derecho a su nombramiento como funcionario de carrera mediante Resolución motivada de la Dirección General de Función Pública, a propuesta del correspondiente Tribunal Calificador.

Séptimo

Calendario de exposición de los trabajos

1. El trabajo será expuesto por cada aspirante ante el Tribunal Calificador en la fecha que dicho órgano determine, a través del oportuno llamamiento.

La fecha de inicio de las intervenciones de los aspirantes ante el Tribunal Calificador se hará pública en los correspondientes tablones de anuncios, así como en la página web de la Comunidad de Madrid, de conformidad con los plazos y condiciones enunciados a continuación. En todo caso, el tribunal calificador publicará el calendario de exposiciones antes del día 20 de octubre de 2025, de acuerdo con los siguientes criterios:

— El aspirante deberá exponer su trabajo durante un tiempo mínimo de diez minutos y máximo de quince minutos.

— Deberá convocarse, al menos, a tres aspirantes por hora.

— Las sesiones de exposición de trabajos deberán extenderse, como mínimo, a cuatro horas diarias de lunes a jueves, pudiéndose extender también a viernes si el tribunal lo considera oportuno.

Las sesiones podrán desarrollarse en horario de mañana, de tarde, o sucediéndose ambos horarios en el mismo día. En caso de concurrir en un mismo día exposiciones en horario de mañana y de tarde, cada una de ella será considerada como una sesión independiente a efectos de quórum y de devengo de indemnizaciones por asistencia de los miembros del tribunal.

— El inicio de las exposiciones tendrá lugar el día 29 de octubre de 2025 y deberán estar finalizadas, como muy tarde, en la fecha máxima del 6 de noviembre de 2025, incluido.

Finalizadas las exposiciones de los trabajos, el Tribunal Calificador hará pública, en los términos expresados en la base 7.5 de la Orden 587/2021, de 15 de noviembre, la relación de los aspirantes que lo hayan superado.

Así mismo, el Tribunal Calificador elevará a la Dirección General de Función Pública la lista definitiva de aprobados en el plazo máximo de tres días hábiles desde la finalización del período de exposición de los trabajos y, en todo caso, con anterioridad al 12 de noviembre de 2025, incluido.

Octavo

Recursos

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Hacienda y Función Pública, dentro del plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, conforme a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, a 25 de septiembre de 2025.—La Directora General de Función Pública, María José Esteban Raposo.

(03/15.386/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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