Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 239

Fecha del Boletín 
07-10-2025

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251007-28

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

28
ORDEN 4399/2025, de 22 de septiembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se acuerda la supresión de la Facultad de Medicina, el cambio de denominación de la Facultad de Ciencias de la Salud y el traslado del lugar de impartición de la docencia del Máster Universitario en Psicología General Sanitaria de la Universidad Alfonso X El Sabio.

La Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, dispone en su artículo 97.3 que la creación, modificación y supresión de las estructuras en las que se organizan las universidades privadas, se efectuarán a propuesta de la universidad, en los términos previstos en su artículo 41.1, en el cual se establece que la creación, modificación y supresión de facultades y escuelas serán acordadas por la Comunidad Autónoma, a iniciativa de la universidad mediante propuesta y aprobación de su Consejo de Gobierno. Esta última referencia hay que entenderla referida al órgano al que las normas de organización y funcionamiento de las universidades privadas declaren competente a estos efectos.

En este sentido, la Universidad Alfonso X El Sabio, solicita autorización para suprimir la Facultad de Medicina, cambiar la denominación de la Facultad de Ciencias de la Salud, que pasará a denominarse Facultad de Ciencias Biomédicas y de la Salud, y el traslado del lugar de impartición del Máster Universitario en Psicología General Sanitaria que pasará a impartirse a las instalaciones que la Universidad tiene autorizadas en la calle de Arapiles, 13 de Madrid.

Los motivos del traslado de sede han quedado expuestos por la Universidad en la memoria justificativa que acompaña su solicitud y se sustenta básicamente en unos presupuestos de carácter académico. Esta nueva organización de centros responde a una necesidad de facilitar la interdisciplinariedad en el ámbito de ciencias de la salud, así como incrementar las sinergias entre estudiantes, profesores y profesionales de las distintas disciplinas, a la vez que se incentiva un nuevo sistema multidisciplinar de abordaje de resolución de problemas complejos de salud de la sociedad actual, fomentándose además el trabajo colaborativo entre los estudiantes lo que sin duda mejorará su empleabilidad.

Esta decisión fue adoptada por el órgano de administración de la Universidad en su sesión celebrada el 28 de noviembre de 2024, de acuerdo con lo dispuesto en la letra c) del artículo 20 de sus normas de organización y funcionamiento aprobadas por el Decreto 157/2011, de 15 de septiembre, del Consejo de Gobierno.

La propuesta ha sido informada favorablemente por el Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid, en la sesión de su Comisión de Planificación y Coordinación Universitaria, celebrada el 15 de julio de 2025.

Por cuanto antecede, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, en relación con el artículo 8.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y a propuesta de la Dirección General de Universidades,

DISPONGO

Primero

Cambio de denominación y traslado

Acordar, a solicitud de la Universidad Alfonso X El Sabio, la supresión de la Facultad de Medicina, el cambio de denominación de la Facultad de Ciencias de la Salud, que pasará a denominarse Facultad de Ciencias Biomédicas y de la Salud, y el traslado del lugar de impartición de la docencia del Máster Universitario en Psicología General Sanitaria de las instalaciones ubicadas en la calle Comandante Franco número 9, a las que la Universidad tiene autorizadas en la calle Arapiles número 13, de Madrid, a partir del curso académico 2025-2026.

Segundo

Enseñanzas adscritas a la nueva Facultad de Ciencias Biomédicas y de la Salud con sede en Villanueva de la Cañada

Tercero

Modificación de las memorias de verificación

La Universidad deberá presentar ante el órgano de evaluación externo la solicitud de modificación de las memorias de verificación de las titulaciones afectadas, tanto por la supresión del centro en el que se venían impartiendo, como por el cambio de denominación del mismo, debiendo seguir para ello el procedimiento previsto en el artículo 32 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.

Cuarto

Recursos

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Ciencia y Universidades en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, o impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan instar cualquier otro recurso que estimen pertinente.

Madrid, a 22 de septiembre de 2025.

El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, EMILIO VICIANA DURO

(03/15.404/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251007-28