Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 239

Fecha del Boletín 
07-10-2025

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251007-59

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARROYOMOLINOS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Arroyomolinos. Organización y funcionamiento. Encomienda gestión

A los efectos del artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, en concordancia con el artículo 11.3.a) de la Ley 40/2005, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se hace público que el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el pasado día 25 de septiembre de 2025, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo que en su parte dispositiva dice:

Primero.—Aprobar el convenio de colaboración para la encomienda de gestión propuesta por el Ayuntamiento de Brunete, cuyos trabajos a realizar vienen detallados en la cláusula primera, y que en general consisten en la realización de los informes jurídicos y demás actuaciones que sean necesarias para la tramitación de expedientes administrativos en el desarrollo de la actividad urbanística del Ayuntamiento de Brunete, de un año desde su firma, prorrogable por otro año más.

Segundo.—Establecer expresamente que la colaboración técnica a prestar por el jefe de los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento de Arroyomolinos, en el marco del presente convenio, se desarrollará fuera de su jornada ordinaria de trabajo como funcionario del Ayuntamiento de Arroyomolinos, condición que se fija como requisito indispensable para la plena eficacia y carácter vinculante del acuerdo adoptado.

Tercero.—Notificar el acuerdo que se adopte al Ayuntamiento de Brunete, así como al jefe de los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento de Arroyomolinos que va a realizar materialmente las funciones señaladas en el convenio que regula la Encomienda de Gestión, a los efectos que correspondan y con indicación de los recursos que contra ella quepan.

Cuarto.—Publicar anuncio del presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el Portal de Transparencia, a los efectos del artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, en concordancia con el artículo 11.3.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Quinto.—Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que corresponda en su caso, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Arroyomolinos, a 3 de octubre de 2025.—El alcalde, Luis Quiroga Toledo.

(03/16.073/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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