Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 240

Fecha del Boletín 
08-10-2025

Sección 1.3.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251008-29

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD DE ALCALÁ

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EXTRACTO del Acuerdo de 26 de septiembre de 2025, de la Comisión de Investigación de la Universidad de Alcalá, por el que se convocan las Ayudas de Movilidad para Estudiantes de Doctorado de la Universidad de Alcalá en Universidades de la Alianza EUGLOH 2025.

BDNS: 859421

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

Primero

Beneficiarios

Podrán optar a estas ayudas quienes a fecha de cierre del plazo de solicitudes se encuentren matriculados en algún programa de doctorado de la Universidad de Alcalá.

Segundo

Objeto

Facilitar la obtención de la “mención internacional” de doctorado mediante ayudas para la realización de estancias de investigación del estudiantado de doctorado en las universidades que constituyen la Alianza Universitaria Europea EUGLOH.

Potenciar la movilidad y el desarrollo de la tesis doctoral, fomentando el intercambio de ideas y conocimiento, la realización de actividades formativas y trabajos de investigación y el establecimiento de contactos que deriven en futuras colaboraciones.

Tercero

Bases reguladoras

Bases Reguladoras Marco de la concesión de Becas y Ayudas a la Investigación por la Universidad de Alcalá:

https://www.uah.es/export/sites/uah/es/investigacion/.galleries/Investig...

Cuarto

Cuantía

El importe de la ayuda para viaje será hasta un máximo de 500 euros.

El importe de la ayuda para la estancia será de hasta 1.000 euros por mes completo de estancia.

El importe total de esta convocatoria, junto con el importe total de la convocatoria de Ayudas de Movilidad de Personal Docente y Personal Investigador 2025, es de 150.000 euros.

La financiación de la presente convocatoria provendrá de recursos actualmente disponibles en la aplicación presupuestaria 30600K201.422D.226.03, con un presupuesto máximo de 45.000 euros.

Quinto

Plazo y presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto a partir del día siguiente de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el 31 de octubre de 2025.

Las solicitudes se presentarán a través de la opción ‘Convocatorias’ disponible en el Portal del Personal Investigador.

Sexto

Otros datos

Las estancias susceptibles de ayuda tendrán una duración mínima de un mes y máxima de 3 meses, debiendo haberse iniciado después del día 1 de enero de 2026 y antes del día 1 de abril de 2026 y ser disfrutadas dentro del período de matriculación del interesado con la UAH (la fecha de finalización de la estancia de investigación deberá ser la misma o anterior a la fecha fin de la matriculación en la UAH).

Séptimo

Adjudicaciones y criterios de selección

Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios:

a) El impacto en la mejora de la formación del doctorando/a para el que se concede la ayuda de acuerdo con criterios tales como el objeto de la estancia, la duración, la idoneidad del centro de destino y colaboraciones previas con el mismo.

b) Que dentro de los objetivos de la estancia esté mejorar el programa formativo y el desarrollo de la tesis doctoral del beneficiario.

c) “Curriculum vitae” del candidato.

Solo se concederá una ayuda por persona y año natural.

Alcalá de Henares, a 26 de septiembre de 2025.—El Vicerrector de Investigación y Transferencia de la Universidad de Alcalá, F. Javier de la Mata de la Mata.—El Vicerrector de Relaciones Internacionales, Julio Cañero Serrano.

(03/15.803/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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