Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 242

Fecha del Boletín 
10-10-2025

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251010-72

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

72
Navacerrada. Organización y funcionamiento. Composición junta gobierno local

Mediante resolución de Alcaldía n.o 2025-1378, de fecha 19 de septiembre de 2025, se acordó, de conformidad con el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, lo siguiente:

“ Primero.—Modificar la composición de la Junta de Gobierno Local, bajo mi presidencia, que estará integrada por:

D. José Miguel Torres Sanjuan, D. Ángel Jorge Gómez y D.a Cristina González San Román. Quedaría como suplente D.a Rocío Da Cunha Palomino.

Segundo.—Modificar las delegaciones de la Junta de Gobierno Local acordadas por Decreto de Alcaldía n.o 2023-0729 de fecha 3 de julio de 2023, se acordó la delegación de competencias en la Junta de Gobierno Local, dando cuenta al Pleno en fecha 6 de julio de 2023, de la siguiente manera:

1. Avocar en la Alcaldía las atribuciones enumeradas en el apartado q) del artículo 21, punto 1, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, referido a los títulos habilitantes que tengan consideración de licencias, declaraciones responsables y/o comunicaciones previas reguladas en la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid, excepto las licencias con consideración de obra mayor.

2. Avocar en la Alcaldía las competencias atribuidas a la Alcaldía en el apartado 1 y 2 de las Disposiciones Adicionales Segunda y Tercera de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del Sector Público.

3. Avocar en la Alcaldía todas aquellas atribuciones que en materia de disciplina urbanística.

4. Las subvenciones y convenios serán aprobados por esta Alcaldía de conformidad con el apartado s) del artículo 21, punto 1, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, excepto aquellos a los que corresponda a otro órgano.

Tercero.—El resto de delegaciones quedan de la misma manera que lo resuelto por Decreto de Alcaldía n.o 2023-0729 de fecha 3 de julio de 2023, se acordó la delegación de competencias en la Junta de Gobierno Local, dando cuenta al Pleno en fecha 6 de julio de 2023.

Cuarto.—La revocación o modificación de las delegaciones habrá de adoptarse con las mismas formalidades que las exigidas para su otorgamiento.

Quinto.—El presente Decreto surtirá efectos conforme a lo dispuesto al efecto, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto.—De este Decreto se dará cuenta al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que éste celebre”.

Lo que se publica para el general conocimiento.

Navacerrada, a 30 de septiembre de 2025.—El alcalde-presidente, Pablo Luis de Todos los Santos Jorge Herrero.

(03/15.682/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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