Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 243

Fecha del Boletín 
11-10-2025

Sección 1.4.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251011-18

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE SANIDAD

18
ADENDA de 17 de septiembre de 2025, de modificación del convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación 38 Grados, para el acompañamiento de pacientes en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud.

REUNIDOS

De una parte, D.a Fátima Matute Teresa, Consejera de Sanidad de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 44/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en el ejercicio de sus competencias, en representación de la Consejería de Sanidad, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, el 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

De otra parte, D.a Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad, nombrada mediante Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 4.3.b) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, el artículo 3.g) del Decreto 245/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, y el artículo 3.2.b) del Decreto 48/2019, de 10 de junio.

Asimismo, de conformidad con los artículos 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen Jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud, 1.2 del Decreto 246/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud; y con lo establecido en el Acuerdo de 30 de diciembre de 2024, del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, por el que se revocan los acuerdos adoptados anteriormente, relativos a la delegación de competencias, su avocación y ratificación, y se delegan determinadas competencias del Consejo de Administración.

Y, de otra parte, D.a Araceli Herrero Segovia en nombre y representación de la Fundación 38 Grados, domiciliada en Madrid (28045), calle Canarias, número 3, planta baja, local izquierda, con NIF G-87016036, como presidenta de la misma según acuerdo del Patronato de la fundación, de 18 de febrero de 2015, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 18 de sus estatutos.

Las partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda y, de conformidad,

MANIFIESTAN

Primero

En fecha 24 de julio de 2024 se suscribió un convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación 38 Grados, para el acompañamiento de pacientes en los centros Sanitarios del Servicio Madrileño de Salud.

Segundo

El convenio prevé expresamente en su cláusula primera la posibilidad de ampliación por la voluntad de las partes, mediante adenda, de la relación de los centros en los que el mismo se aplica, contenidos en su anexo I, lo que no supone modificación del objeto del convenio.

Tercero

La actividad desarrollada en ejecución del convenio ha resultado satisfactoria para las partes, por lo que se considera conveniente para la finalidad de humanización de la asistencia sanitaria y conforme con el objeto del convenio extender su implantación al Hospital Universitario “La Paz”, al Hospital Infantil Universitario “Niño Jesús” y al Hospital Universitario “Infanta Sofía”.

Por lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de suscribir esta adenda de acuerdo con la siguiente

CLÁUSULA

Única

Relación de centros del anexo I al convenio

Se amplía la relación de centros del Servicio Madrileño de Salud incluidos en el ámbito del convenio suscrito entre las partes en fecha 24 de julio de 2024, y se extiende la implantación al Hospital Universitario “La Paz”, al Hospital Infantil Universitario “Niño Jesús” y al Hospital Universitario “Infanta Sofía”, de manera que el anexo I del convenio queda redactado como sigue:

RELACIÓN DE CENTROS DEL SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD INCLUIDOS EN EL ÁMBITO DEL CONVENIO

— Hospital “La Fuenfría”.

— Hospital Universitario “12 de Octubre”.

— Hospital Central Cruz Roja “San José y Santa Adela”.

— Hospital Universitario “La Paz”.

— Hospital Infantil Universitario “Niño Jesús”.

— Hospital Universitario “Infanta Sofía”.

En prueba de conformidad, se firma el presente documento.

Madrid, a 17 de septiembre de 2025.—Por la Comunidad de Madrid, la Consejera de Sanidad, Fátima Matute Teresa.—Por el Servicio Madrileño de Salud, la Viceconsejera de Sanidad y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, Laura Gutiérrez Barreno.—Por la Fundación 38 Grados, la Presidenta, Araceli Herrero Segovia.

(03/15.084/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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