Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 244

Fecha del Boletín 
13-10-2025

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251013-64

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

64
Las Rozas de Madrid. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Anuncio del extracto de las bases para bases de convocatoria para la concesión de ayudas por nacimiento o adopción de menor del municipio de las Rozas de Madrid para los años 2024 y 2025.

BDNS (Identif.): 860619

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/860619 ).

Primero. Objeto.— El objeto de esta convocatoria es la concesión de ayudas económicas para las unidades de convivencia por el nacimiento o adopción de un menor de edad, en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2025, que se encuentren empadronados en las Rozas de Madrid, 1 año, de forma ininterrumpida anterior a la fecha de nacimiento del menor y hasta la fecha de registro de solicitud de la ayuda (anexo I), con la finalidad de fomentar la natalidad, contando para ello con el apoyo económico que ayude a paliar los gastos derivados de esta nueva situación, evitando que pudiera ocasionar una dificultad económica y conllevar una posible situación de vulnerabilidad.

Segundo. Beneficiarios.—Serán destinatarios de estas ayudas los menores empadronados y residentes en el municipio de Las Rozas con anterioridad a la publicación de la presente convocatoria que no superen los umbrales patrimoniales y de renta que indican las bases y que se encuentren durante las etapas de Educación Infantil y Educación Primaria.

Tercero. Bases reguladoras.—La presente convocatoria se regula por las bases aprobadas por Acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 3 de octubre de 2025, publicadas en: https://www.lasrozas.es/sanidad-y-servicios-sociales .

Cuarto. Crédito presupuestario y cuantía de las ayudas.—Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria se realizarán por lotes y se imputarán al Programa y Partida de la Concejalía de Familia y Servicios Sociales 1132318 48000 denominada “Ayudas por nacimiento y/o adopción”, dentro del estado de gastos del presupuesto vigente, siendo el importe inicial de 730.000 euros, imputándose cantidad ampliable de acuerdo a la resolución de los sucesivos lotes.

Quinto. Cuantía individualizada de la ayuda.—El importe de las ayudas concedidas al albur de esta convocatoria será de 1.000 euros por cada menor nacido o adoptado. En todos los supuestos, solo se podrá conceder una ayuda por menor nacido o adoptado.

Sexto Forma y plazo de presentación de las solicitudes ayuda.—El plazo de presentación de solicitudes, junto con la documentación requerida en la presente convocatoria, será de 20 días naturales desde la fecha de nacimiento o adopción. Aquellos casos en los que el nacimiento o adopción se hubiera producido entre el 1 de enero de 2024 y la fecha de publicación de la convocatoria el plazo de presentación de la solicitud será de 20 días naturales desde la fecha de dicha publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

A través del Portal del Ciudadano de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid, donde estará disponible el modelo de solicitud normalizado y habilitado al efecto para la obtención de dichas subvenciones reguladas en la convocatoria: https://www.lasrozas.es/gestiones-y-tramites/Portal del Ciudadano .

De manera presencial en las oficinas de registro municipales.

En Las Rozas de Madrid, a 3 de octubre de 2025.—La concejal de Familia y Servicios Sociales, Ruth Agra Sierra.

(03/16.102/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251013-64