Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 245

Fecha del Boletín 
14-10-2025

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251014-64

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Distrito de Villa de Vallecas

64
Madrid. Régimen económico. Distrito de Villa de Vallecas. Extracto convocatoria subvenciones

Resolución de 2 de octubre de 2025, de la coordinadora del Distrito de Villa de Vallecas, por la que se ordena la publicación del extracto del decreto de 28 de agosto de 2025, del concejal del Distrito de Villa de Vallecas, por el que se hacen públicas las bases que han de regir el XVII Certamen de Belenes del Distrito de Villa de Vallecas 2025.

BDNS (Identif.): 860260

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index

1. Destinatarios.—Podrá participar el alumnado de los centros escolares públicos o concertados del distrito de Villa de Vallecas que impartan enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Formación Profesional del Distrito de Villa de Vallecas, a través de los centros escolares.

2. Objeto.—XVII Certamen de Belenes del Distrito de Villa de Vallecas 2025.

3. Bases reguladoras.—Ordenanza de bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013 y Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento.

4. Cuantía:

— Primer premio: 1.200,00 euros y diploma.

— Mención especial al belén que, a criterio del jurado, destaque por la complejidad del montaje, superación de dificultades, esfuerzo y dedicación, originalidad y creatividad: 600,00 euros y diploma.

La cuantía de cada uno de estos premios no podrá ser dividida en modo alguno y no podrán otorgarse ex aequo. El jurado podrá declarar desierto algún premio.

5. Plazo de presentación.—Será de 7 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de las bases en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. El modelo de solicitud estará disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid, https://sede.madrid.es

6. Otros datos.—Cada centro escolar podrá presentar a concurso un único belén.

El belén deberá estar elaborado con cualquier tipo de material, aunque se valorará positivamente el uso de materiales reciclados y aquellos que tengan una temática de sostenibilidad. Algunos ejemplos de materiales incluyen:

— Cartón y papel reciclado.

— Plástico reciclado.

— Madera.

— Tela y fieltro.

— Arcilla o barro.

— Materiales naturales como ramas, hojas, y piedras.

— Objetos reutilizados como botellas, latas, y cajas.

El belén se puede hacer en cualquier tamaño y formato, con la condición de que pueda ser trasladado (al menos parte significativa de él).

Los centros participantes deberán entregar, en la visita que realice el jurado para la valoración, en formato digital hasta un máximo de 15 fotografías que recojan el proceso de elaboración del belén y el proyecto final.

No se admitirá la inclusión en los belenes contenidos ofensivos, que hieran la sensibilidad o inciten a conductas discriminatorias o violentas reservándose la organización el derecho a excluir a los participantes que, según su criterio, no cumplan con las condiciones exigidas en el certamen.

7. Criterios de valoración.—En la valoración de los belenes el jurado tendrá en cuenta los siguientes aspectos: la creatividad en la composición artística, la estética innovadora (incluido el montaje), la sostenibilidad, aprovechamiento y reciclaje de los materiales empleados y, sobre todo, la participación y el trabajo en equipo, entre el alumnado de las diferentes etapas educativas del centro.

Madrid, a 2 de octubre de 2025.—La coordinadora del Distrito de Villa de Vallecas, María del Mar Angulo Pérez.

(03/16.058/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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