Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 248

Fecha del Boletín 
17-10-2025

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251017-63

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GETAFE

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Getafe. Régimen económico. Ordenanzas fiscales

El Ayuntamiento de Getafe, en sesión ordinaria del Ayuntamiento Pleno celebrada el 24 de septiembre de 2025, aprobó la rectificación de error material en la modificación de ordenanza fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección, realizada mediante acuerdo pleno adoptado en sesión ordinaria celebrada el 25 de marzo de 2025 (publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163 de 10 de julio de 2025), que se somete a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para general conocimiento.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso administrativo ante los juzgados de esta jurisdicción en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen pertinente.

Texto rectificado

«…/… Artículo 27 bis. “Sistema especial de pago prorrateado”.

(…) 4. Modalidades de pago.

4.1. En atención a los períodos de pago, las cantidades que el solicitante se compromete a anticipar por las deudas tributarias incluidas en el SEPP se distribuirán en plazos o fracciones mensuales, bimestrales, trimestrales o cuatrimestrales, a elección del solicitante. El pago en la periodicidad mensual se realizará todos los meses desde febrero a octubre, ambos inclusive; en la periodicidad bimestral, los meses de febrero, abril, junio, agosto y octubre; en la trimestral, los meses de febrero, mayo, agosto y octubre; y en la cuatrimestral, los meses de marzo, julio y octubre. Estos ingresos anticipados tendrán el carácter de pago a cuenta, haciéndose efectivos los días 5 o inmediato hábil posterior de los meses que correspondan dependiendo de la periodicidad elegida, mediante la oportuna domiciliación (…)».

Getafe, a 7 de octubre de 2025.—La jefa accidental del Órgano de Gestión Tributaria, María Isabel Jiménez Alonso.

(03/16.229/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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