Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 254

Fecha del Boletín 
24-10-2025

Sección 1.4.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251024-21

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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ACUERDO de 3 de octubre de 2025, de la Dirección General de Economía e Industria, por el que se abre período de información pública del proyecto de explotación, Plan de restauración del espacio natural y Estudio de impacto ambiental de la ampliación de vigencia de la autorización de explotación de recursos de la sección A) Arena y grava, denominada “El Bombo y La Alameda”, número A-332, situada en el término municipal de Ciempozuelos (Madrid), cuyo titular es la Sociedad Eiffage Infraestructuras, S. A. U. (NIF A41441122) (Expte. 14-0167-00011.8/2025).

La Dirección General de Economía e Industria acuerda abrir un período de información pública de treinta días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de este acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, y en el artículo 6 del Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras, durante los cuales cualquier persona interesada podrá acceder al Proyecto de explotación, Plan de restauración del espacio natural y Estudio de impacto ambiental de la ampliación de vigencia de la autorización de explotación de recursos de la sección A) arena y grava, denominada “El Bombo y La Alameda” número A-332, situada en el término municipal de Ciempozuelos (Madrid), cuyo titular es la sociedad Eiffage Infraestructuras, S. A. U. (NIF A41441122).

De conformidad con los artículos antes citados, se informa de los siguientes aspectos:

— El proyecto se encuentra comprendido en los epígrafes 5 y 7 del apartado a) del Grupo 2 del Anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, por lo que de acuerdo con lo dispuesto en su artículo 7.1 a) requiere de una tramitación de un procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria en la forma prevista en dicha Ley.

— Con fecha 7 de febrero de 2025 (Ref.: 05/604685.9/25), la sociedad Eiffage Infraestructuras, S. A. U. (NIF A41441122), presenta el Proyecto Técnico, el Estudio de Impacto Ambiental junto con siete anexos y el Documento de síntesis de la ampliación de vigencia de la autorización de explotación del derecho minero referido en el asunto.

— Con fecha 12 de febrero de 2025 (Ref.: 05/704195.9/25), la sociedad Eiffage Infraestructuras, S. A. U. (NIF A41441122), presenta el Plan de Restauración del Espacio Natural afectado por el proyecto de ampliación de vigencia de la autorización de explotación de recursos de la sección A) arena y grava, denominada “El Bombo y La Alameda”, número A332, junto con dos anexos.

— Con fecha 9 de julio de 2025 (Ref.: 65/866884.9/25), y tras requerimiento por parte de la extinta Dirección General de Promoción Económica e Industrial de fecha 1 de julio de 2025 (Ref.: 14/024643.9/25), la sociedad Eiffage Infraestructuras, S. A. U., presenta el Plan de Restauración firmado y los siguientes documentos adaptados en materia de protección de datos para la realización de la información pública: el Plan de Restauración del Espacio Natural, Estudio de Impacto Ambiental y el Documento de síntesis de la ampliación de vigencia de la autorización de explotación del derecho minero que trae causa.

— Con fecha 28 de julio de 2025 y referencias 75/244293.9/25 y 75/244198.9/25, la sociedad Eiffage Infraestructuras, S. A. U., presenta los siguientes documentos adaptados en materia de protección de datos para la realización de la información pública: los siete anexos del estudio de impacto ambiental, los dos anexos del Plan de Restauración y el Proyecto Técnico de la ampliación de vigencia de la autorización de explotación del derecho minero del asunto.

— Con fecha 29 de julio de 2025 (Ref.: 75/292490.9/25), la sociedad Eiffage Infraestructuras, S. A. U., presenta un certificado en el que indica que los documentos presentados en materia de protección de datos cumplen con la ley de protección de datos y son una copia exacta de los presentados con fecha 7 de febrero de 2025 (Ref.: 05/604685.9/25), 12 de febrero de 2025 (Ref.: 05/704195.9/25) y 9 de julio de 2025 (Ref.: 65/866884.9/25).

— Con fecha 20 de septiembre de 2025 (Ref.: 85/188721.9/25), la sociedad Eiffage Infraestructuras, S. A. U., presenta una adenda al Plan de Restauración del Espacio Natural afectado por la ampliación de vigencia de la autorización de explotación del derecho minero que trae causa, firmada por el Ingeniero de Minas, número 684 del Colegio Oficial de Ingenieros de Minas del Sur y por el Ingeniero Técnico de Minas, n.o 1.335 del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos de Minas de Madrid, en la que manifiestan que la redacción del Plan de Restauración se ha realizado bajo su dirección y supervisión, así como que el mismo esta en concordancia con el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera y sus Intrucciones Técnicas Complementarias.

— El órgano competente para la autorización del proyecto y la aprobación del plan de restauración es la Dirección General de Economía e Industria.

— La propuesta de resolución, del Área de Minas, al citado plan de restauración tiene fecha 25 de septiembre de 2025 y referencia 14/034033.9/25.

— El proyecto técnico, el estudio de impacto ambiental, el plan de restauración y su adenda y la propuesta de resolución del citado plan de restauración, podrá ser consultado en la página web de la Comunidad de Madrid ( http://www.comunidad.madrid ), dentro de la ficha “Información pública en materia de Industria y Mina”.

— La toma de vista del expediente podrá realizarse durante el período de información pública, en la página relativa a información pública de proyectos de la Comunidad de Madrid:

https://www.comunidad.madrid/inversion/industria/informacion-publica-mat...

En el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid:

https://www.comunidad.madrid/transparencia/normativa-planificacion/exped...

O en el Área de Minas, C/ Ramírez de Prado, 5 Bis, 28045 Madrid, previa petición de cita en el enlace:

https://gestiona7.madrid.org/ctac_cita/dgiem

— De conformidad con el artículo 6.1 del Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras el trámite de información pública previo a la autorización del Plan de restauración se da por cumplido a la finalización de 30 días hábiles, quedando, no obstante, disponible toda la documentación referente a dicho plan de restauración en el Área de Minas (C/ Ramírez de Prado, 5 Bis, 28045 Madrid) para su consulta en cualquier momento de la tramitación de la autorización que trae causa.

— Quien lo desee podrá formular las alegaciones u observaciones que estimen oportunas, dirigidas a la Dirección General de Economía e Industria (Área de Minas) y podrán presentarse en cualquier registro electrónico del sector público, oficinas de asistencia en materia de registros o en los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, salvo que el interesado sea alguno de los sujetos obligados a relacionarse a través de medios electrónicos o un representante de los mismos, en cuyo caso deberá presentarse necesariamente a través de medios electrónicos.

El presente acuerdo tiene carácter de acto de trámite y contra el mismo no cabe recurso alguno en vía administrativa, de conformidad con lo previsto en los artículos 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, a 3 de octubre de 2025.—El Director General de Economía e Industria, Jaime Martínez Muñoz.

(02/16.503/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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