Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 254

Fecha del Boletín 
24-10-2025

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251024-67

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVALAFUENTE

OTROS ANUNCIOS

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Navalafuente. Otros anuncios. Candidaturas juez de paz

Visto el nombramiento del juez de paz titular por acuerdo de pleno de 30 de septiembre de 2025 (nombramiento por del TSJ publicado en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 248, de 18 de octubre de 2021).

Considerando que dicho puesto se ha de renovar por extinción del período estipulado según los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1958, de 1 de julio, del Poder Judicial, y artículos 4 y siguientes del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.

Vista la instancia presentada por parte del Juez de Paz sustituto con fecha 3 de julio de 2025 y reg. de entrada 3231/2025 por la que renuncia al cargo para el cual fue nombrado y, motivando por parte de este Ayuntamiento la necesidad de disponer de Juez de Paz titular y Juez de Paz sustituto, se propone el siguiente acuerdo:

Primero.—Convocar la próxima renovación del cargo de Juez de Paz titular y sustituto de Navalafuente mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, del Juzgado de Paz, y del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción del partido judicial, bandos y página web municipal.

Segundo.—Abrir un plazo de quince días naturales a contar desde la fecha de la última publicación en los medios mencionados a fin de que se presenten por aquellos que estén interesados instancia en el Ayuntamiento de Navalafuente.

Tercero.—Los requisitos en ambos casos serán: ser español, mayor de edad, y no estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad o incompatibilidad que se establecen en los artículos 303 y 389 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, a excepción del ejercicio de actividades profesionales o mercantiles.

Cuarto.—A la instancia se deben de acompañar los siguientes documentos:

— Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

— Certificado negativo de antecedentes penales.

— Partida de nacimiento.

— Certificado de no tener impedimento físico o psíquico para ejercer la función judicial.

— Declaración responsable de no hallarse incurso en causas de incompatibilidad e incapacidad, previstas en los artículos 303, 389 y 395 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

— Informe que contenga si el interesado está afiliado a algún partido político o sindicato o trabaja para ellos, si esta colegiado como abogado o procurador, ejerciente, así como si es funcionario o empleado de alguna Administración Pública.

— Títulos académicos o cualquier otro documento acreditativo de los méritos que posea, en relación con dicho cargo, haciendo referencia a su ocupación y trabajo actual para proceder con posterioridad al nombramiento por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia.

Navalafuente, a 23 de octubre de 2025.—El alcalde, Javier Rubio de Gregorio.

(03/17.304/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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