Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 260

Fecha del Boletín 
31-10-2025

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251031-68

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BRUNETE

URBANISMO

68
Brunete. Urbanismo. Proyecto urbanización

En Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Brunete, en sesión celebrada el 6 de octubre de 2025, se adoptó el siguiente:

ACUERDO

Primero.—Estimar las alegaciones que figuran en los informes emitidos por los servicios técnicos y jurídicos del Ayuntamiento y desestimar las mismas en base a los mismos.

Segundo.—Aprobar con carácter definitivo y en su consecuencia ratificar el proyecto de reparcelación realizado por la Junta de Compensación para la ejecución del sector SR-1 “Primera Corona”, con las correcciones de errores materiales no sustanciales detectadas en el documento. Comuníquese al amparo de lo establecido en el artículo 14.1.c y el artículo 35.2 de la ley del texto refundido del Catastro Inmobiliario y lo establecido en el artículo 31 del RD. 414/2006, a la Dirección General del Catastro por parte de esta Administración actuante, poner en conocimiento del catastro inmobiliario el acto susceptible de generar el alta, baja o modificación catastral derivado de la aprobación definitiva del presente proyecto, con la aportación de la correspondiente certificación administrativa. Dejándose constancia expresa de la necesidad de tener que aportar por parte de la Junta de Compensación, la documentación exigida en el artículo 14.1.c TRLCI: Referencia Catastral, fecha artículo 36 del Real Decreto 417/2006, representación gráfica, en formato digital, sobre la cartografía catastral, identificación de los titulares catastrales de los inmuebles afectados por el procedimiento y de los resultantes, con expresión del derecho real que ostenten y la cuota de participación. Audiencia en el procedimiento y notificación. Así como la certificación administrativa del acuerdo y las fechas de su publicación en el Boletín oficial. Para dar cumplimiento a la obligación establecida en la ley 13/1996, de 30 de diciembre sobre suministro de información a la Dirección General del Catastro en el plazo de dos meses.

Tercero.—Dado que el proyecto de reparcelación recoge de manera expresa en determinados casos de subrogación real. Y al existir derechos y cargas que se han estimado incompatibles con el planeamiento, se declara de manera expresa dicha incompatibilidad sin derecho de indemnización, en los términos que así se justifica en el proyecto, de conformidad con lo establecido en el artículo 123.1 del Reglamento de Gestión Urbanística aprobado por RD. 3288/1978, de 25 de agosto: Finca número uno de las aportadas, registral 5501 servidumbre permanente a favor del Canal de Isabel II: 100 m2, franja de 5 m de ancho y 20 de largo, por donde discurrirá enterrada la tubería o tuberías que se requieran. Se considera por el proyecto que esta carga resulta incompatible con el planeamiento correspondiente en su caso cualquier indemnización con cargo a la Junta de Compensación.

Cuarto.—En cumplimiento de lo establecido en el artículo 174 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1976, de 25 de agosto, en relación con lo establecido en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística, proceder a la formalización del proyecto de reparcelación mediante el otorgamiento de escritura pública o la expedición de documento administrativo con los requisitos exigidos legalmente, y ello en relación con lo establecido igualmente en los artículos 65, 66 y 67 del RDL 7/2015, de 30 de octubre. A estos efectos, ordenar la expedición por triplicado de la certificación de este acuerdo en la forma establecida en el artículo 2.2 del Real Decreto 1093/97, de 24 de julio para su posterior inscripción registral.

Quinto.—Notifíquese el presente acuerdo de aprobación definitiva del proyecto de reparcelación a todos los interesados, publicándose igualmente el acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios, y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Brunete, así como en uno de los periódicos de mayor difusión en la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo establecido en el artículo 11 y 7.11 del RD.1093/97, de 4 de julio, notifíquese el presente acuerdo a los titulares de cargas y gravámenes de todo tipo o limitaciones a la titularidad plena que consten inscritas en el Registro de la Propiedad, y que estén afectadas por lo tanto por el planeamiento que se ejecuta.

De conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, procédase a publicar, en los casos en los que así se haga necesario, de conformidad con sus previsiones.

Brunete, a 22 de octubre de 2025.—La alcaldesa- presidenta, María del Mar Nicolás Robledano.

(02/16.742/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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