Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 260

Fecha del Boletín 
31-10-2025

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251031-98

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLA DEL PRADO

RÉGIMEN ECONÓMICO

98
Villa del Prado. Régimen económico. Modificación presupuestaria

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 29 de octubre de 2025, acordó la aprobación inicial del expediente de de modificación de créditos n.o 05/2025, en la modalidad de suplemento de crédito financiado con cargo a mayores ingresos resultante de la liquidación de los tributos del Estado regularización 2023 y a bajas por anulación de créditos.

Aprobado inicialmente el expediente de suplemento de crédito financiado con cargo a mayores ingresos resultante de la liquidación de los tributos del Estado regularización 2023 y a bajas por anulación de créditos, por Acuerdo del Pleno de 29 de octubre de 2025, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete a información pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier persona interesada en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de esta Entidad ( https://sede.villadelprado.es ).

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.

En Villa del Prado, a 29 de octubre de 2025.—La alcaldesa-presidenta, Belén Rodríguez Palomino.

(03/17.723/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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