Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 261

Fecha del Boletín 
01-11-2025

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251101-24

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES

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ADENDA de 3 de octubre de 2025, de prórroga para el año 2026, del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, para la autorización gratuita de uso de varios inmuebles para la prestación de servicios de gestión y seguimiento de pisos tutelados para mujeres víctimas de violencia de género, sus hijos menores y personas dependientes.

En Madrid, a 3 de octubre de 2025.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. Dña. Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, para el ejercicio de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

De otra parte, la Excma. Sra. Dña Judith Piquet Flores, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, nombrada mediante Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 17 de junio de 2023, en el ejercicio de la competencia que le atribuye el artículo 124.4.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local.

Actuando ambas partes en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen mutua capacidad para la suscripción de la presente adenda de prórroga del Convenio de colaboración y

MANIFIESTAN

Primero

El día 10 de enero de 2025, se firmó el Convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, para la autorización gratuita de uso de varios inmuebles para la prestación de servicios de gestión y seguimiento de pisos tutelados para mujeres víctimas de violencia de género, sus hijos menores y personas dependientes.

Con posterioridad, el citado Convenio ha sido objeto de modificación, en virtud de la Adenda de modificación del Convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, para la autorización gratuita de uso de varios inmuebles para la prestación de servicios de gestión y seguimiento de pisos tutelados para mujeres víctimas de violencia de género, sus hijos menores y personas dependientes, firmada con fecha de 2 de junio de 2025, en adelante Adenda modificativa.

Segundo

La cláusula sexta relativa a la vigencia, prórroga y modificación de dicho Convenio, faculta a las partes para prorrogar su vigencia por acuerdo expreso, formalizado mediante la suscripción de la correspondiente adenda, antes de la finalización de su vigencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, durante un plazo máximo de 4 años.

Tercero

En virtud de cuanto antecede, es deseo de ambas partes, dada su confluencia de intereses, suscribir esta adenda de prórroga del Convenio de acuerdo con las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera

Prórroga para el año 2026

Las partes firmantes del Convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, para la autorización gratuita de uso de varios inmuebles para la prestación de servicios de gestión y seguimiento de pisos tutelados para mujeres víctimas de violencia de género, sus hijos menores y personas dependientes, acuerdan prorrogar la vigencia de dicho convenio durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.

Segunda

Financiación

Las partes firmantes del citado Convenio seguirán haciéndose cargo de los gastos derivados del mismo, de conformidad con lo previsto en la cláusula cuarta, en su redacción dada por la cláusula primera de la Adenda modificativa, en los términos establecidos en la misma.

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente documento, en el lugar indicado, y fecha de la última firma digital.

Madrid, a 3 de octubre de 2025.—Por la Comunidad de Madrid, la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—Por el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, el Concejal-Delegado de Igualdad (Resolución de la Alcaldía-Presidencia número3840/2023, de 18 de julio; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 31 de julio de 2023), Santiago Alonso Nuevo.

(03/16.318/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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