Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 261

Fecha del Boletín 
01-11-2025

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251101-28

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PINTO

RÉGIMEN ECONÓMICO

28
Pinto. Régimen económico. Ordenanza fiscal

El Pleno del Ayuntamiento de Pinto, en sesión ordinaria celebrada el 30 de octubre de 2025, acordó aprobar provisionalmente la Ordenanza Fiscal de actualización y mejora del sistema tributario municipal, que afecta a las Ordenanzas Fiscales reguladoras del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, Impuesto sobre Actividades Económicas, Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, Tasa de Prevención y Extinción de Incendios, así como a la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección del Ayuntamiento de Pinto.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el expediente de aprobación de la citada Ordenanza Fiscal se somete a información pública por un período de treinta días hábiles durante el cual las personas y entidades interesadas señaladas en el artículo 18 del citado texto legal podrán presentar reclamaciones dirigidas al Departamento de Servicios Tributarios del Ayuntamiento de Pinto, en donde podrán examinar el expediente completo.

Este anuncio se publicará también en un diario de los de mayor difusión de la Comunidad de Madrid y en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Pinto, así como en su Portal de Transparencia donde se hará públicos el certificado del acuerdo de aprobación provisional con el texto íntegro aprobado provisionalmente y los informes emitidos durante su tramitación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Pinto, a 30 de octubre de 2025.—El concejal delegado de Hacienda, Mario Gutiérrez Infantes.

(03/17.810/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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