Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 265

Fecha del Boletín 
06-11-2025

Sección 1.3.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251106-27

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

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EXTRACTO de la Orden 4233/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que redistribuye el crédito presupuestario previsto en la Orden 1031/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se convocan para 2025 las ayudas a las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYMES) y empresas intermedias para el fomento de las inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrarios, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), al amparo de la Orden 17/2023, de 12 de julio.

BDNS (822390-822604)

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ).

Primero

Redistribución del crédito presupuestario previsto inicialmente en la Orden 1031/2025, de 20 de marzo

El crédito presupuestario previsto inicialmente en 1.100.000 euros para las inversiones realizadas en la Selección I (Entidades asociativas agrarias), se establece en 209.000 euros.

Madrid, a 24 de octubre de 2025.—El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, P. D. (Orden 984/2024, de 15 de marzo; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 72, de 25 de marzo), el Viceconsejero de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio, Rafael García González.

(03/17.742/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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