Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 265

Fecha del Boletín 
06-11-2025

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251106-56

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

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RESOLUCIÓN de 13 de pctubre de 2025, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular sobre autorización administrativa previa y aprobación del proyecto de ejecución para la modificación de la línea aérea de 220kV de doble circuito Fuencarral-Algete y Alcobendas-SS de los Reyes 26EL-2162, en el tramo T24N-T66, ubicada en Sector S1 del ámbito A. R. 2 “Cerro del Baile”, s/n, en el término municipal de San Sebastián de los Reyes, solicitado por Red Eléctrica de España, S. A. U.—Expediente: 2022P694 - 14-0141-00694.0/2022.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Con fecha 8/9/2022 y referencia 10/617857.9/22 tiene entrada en esta Dirección General escrito de Red Eléctrica de España, S. A. U. en el que se solicita la autorización administrativa previa y aprobación del proyecto de ejecución para la construcción de la instalación referenciada, al que se acompaña proyecto de ejecución firmado en fecha 11/8/2022 por María Belén García Santos con n.o de colegiado 26693 del COITIM.

Con fecha 8/3/2023 se incluye una adenda al proyecto en cuestión, firmado por Javier Rodríguez Rodríguez, con n.o de colegiado 5423 del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Andalucía Occidental.

Segundo

Con fecha 4 de septiembre de 2023 y ref. 10/836226.9/23 a la vista del informe técnico del Área de Evaluación Ambiental elevado por la Subdirección General de Impacto Ambiental, se emite informe por la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular de la Comunidad de Madrid (SEA 9.28/23), en el que se resuelve la no necesidad de tramitación de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental establecidos en el artículo 7 de la Ley 21/2013 de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, y en el que se indican una serie de procedimientos a cumplimentar, recogido en dicho informe.

Tercero

Por parte de esta Dirección General se dio cumplimiento al trámite de información pública que figura en el Decreto 70/2010, de 7 de octubre, mediante Resolución de 22 de julio de 2025, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, por la que se somete a información pública la petición de autorización administrativa y aprobación del proyecto para la modificación de la línea aérea de 220kV de doble circuito Fuencarral-Algete y Alcobendas-SS de los Reyes 26EL-2162, en el tramo T24N-T66, en Sector S1 del Ámbito A. R. 2 “Cerro del Baile”, s/n, en el término municipal de San Sebastián de los Reyes, solicitada por Red Eléctrica de España, S. A. U. (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 197, de 19 de agosto de 2025).

Cuarto

De acuerdo con lo establecido en el artículo 11 del Decreto 70/2010, de 7 de octubre, se ha dado traslado de las separatas del proyecto a las distintas Administraciones Públicas, organismos y empresas de servicios de interés general afectadas: Ayuntamiento de SS de los Reyes, Área de Vías Pecuarias, AESA, Confederación Hidrográfica del Tajo, I-DE Redes Eléctricas Inteligentes y Canal de Isabel II.

Con fecha 12/11/2024 se recibió en esta Dirección General escrito de AESA indicando su competencia única en materia de autorización de obstáculos en las servidumbres aeronáuticas. Con fecha 10/12/2024 se recibe en esta Dirección General escrito de contestación de Red Eléctrica de España SAU prestando conformidad e indicando que, con fecha 23/3/2020 solicitó igualmente autorización a AESA para la ejecución del proyecto, tramitándose con expediente L20-0028.

Con fecha 17/1/2025 tiene entrada en esta Dirección General escrito del Área de Vías Pecuarias indicando la necesidad de cumplir con la legislación que le es de aplicación, del desarrollo de una serie de procedimientos y la necesidad de solicitar autorización de ocupación temporal para las afecciones del proyecto. Con fecha 25/3/2025 tiene entrada en esta Dirección General escrito de contestación de Red Eléctrica de España SAU prestando conformidad e indicando la solicitud de autorización para la ejecución del proyecto al Área de Vías Pecuarias, bajo el expediente 318/23.

Habiéndose cumplido el plazo de treinta días concedido, no se ha recibido contestación de ninguno del resto de los organismos indicados.

Quinto

En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia de esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular para resolver la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984 de 18 de julio, de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Industria, Energía y Minas, el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el Decreto 70/2010, de 7 de octubre para la simplificación de los procedimientos de autorización, verificación e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones eléctricas de alta tensión, la Orden de 31 de enero de 2011 por la que se aprueban los modelos y formularios para la presentación de proyectos de alta tensión, el Real Decreto 1955/2000 por el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas, la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se regula la garantía de suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid y el Decreto 19/2008, de 13 de marzo, que la desarrolla, el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado por Real Decreto 223/2008 y el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.

Segundo

Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular en el uso de sus atribuciones legalmente establecidas.

RESUELVE

Primero

Autorizar a Red Eléctrica de España, S. A. U. la modificación de la línea aérea de 220kV de doble circuito Fuencarral-Algete y Alcobendas-SS de los Reyes 26EL-2162, en el tramo T24N-T66 en Sector S1 del ámbito A. R. 2 “Cerro del Baile”, S/N del término municipal de San Sebastián de Los Reyes, cuyas características y ubicación –en coordenadas UTM referidas al huso 30– son:

La actuación consiste en la modificación del trazado actual de la LAT 220 kV de doble circuito Fuencarral-Algete y Alcobendas-SS de los Reyes 26EL-2162, desde el apoyo T-24N hasta el apoyo T-66, de tal manera que el nuevo tramo de la línea tendrá una longitud de 2,34 km, desmontándose 1,98 km de la línea existente y los apoyos T-25N, T-26N, T-27N, T-28N, T-29A, T-29B, T-29C, T-29BIS A, T-29BIS B y T-29BIS C.

Adicionalmente, como adenda al proyecto presentado, se procederá al soterramiento de los cables de fibra óptica entre los apoyos T-30 nuevo y T-33 existente, con una longitud de ,725 km.

Segundo

Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el párrafo anterior con arreglo a las siguientes condiciones:

1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.

2. El plazo de ejecución de la instalación será de 24 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que si transcurrido dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud del acta de puesta en servicio, acompañada de la documentación establecida en el Anexo I del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad de la aprobación del proyecto, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas justificadas, ampliación del plazo establecido.

3. La documentación a presentar con la solicitud de acta de puesta en servicio deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes y derechos a su cargo.

Tercero

La presente autorización administrativa previa y aprobación de proyecto de ejecución se concede sin perjuicio de las obligaciones del titular de disponer de las autorizaciones, licencias, informes favorables, aprobaciones o concesiones que fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes o de terceros, y de lo exigido por la ordenación urbanística; así como del cumplimiento por parte del titular de otras obligaciones con los propietarios de locales y terrenos.

Cuarto

Se deberán cumplir las condiciones expresadas en el informe emitido por la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular de la Comunidad de Madrid citado en los antecedentes de hecho (SEA 9.28/23).

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el Viceconsejero de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Mediante este acto se notifica al interesado la resolución adoptada en el procedimiento de referencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, a 13 de octubre de 2025.—La Directora General de Transición Energética y Economía Circular, Cristina Aparicio Maeztu.

(02/16.945/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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