Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 266

Fecha del Boletín 
07-11-2025

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251107-63

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ

RÉGIMEN ECONÓMICO

63
Aranjuez. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Convocatoria y bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a entidades socio-sanitarias. Año 2025.

BDNS (Identif.): 866016

1. Objeto.—Las presentes bases tienen por objeto establecer las normas que han de regir la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones destinadas a entidades y/o asociaciones sanitarias ciudadanas sin ánimo de lucro de Aranjuez, que promuevan proyectos, en esta ciudad, de prevención, promoción de salud y educación sanitaria sobre enfermedades, y contribuyan a la mejora de la salud y calidad de vida del conjunto de los ciudadanos de la localidad durante el ejercicio 2025.

2. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarias las entidades socio-sanitarias, inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Aranjuez, que cumplan los requisitos establecidos en el Reglamento de Participación Ciudadana y bajo las condiciones previstas en la ordenanza general de subvenciones aprobada por acuerdo plenario de fecha 20 de enero de 2006.

3. Cuantía global máxima.—El crédito destinado a la presente convocatoria asciende a un importe máximo de 48.500 euros, con cargo a la partida presupuestaria 41.9252.48900.

4. Solicitudes y plazo de presentación.—El modelo oficial de presentación de solicitudes podrá descargarse de la página web municipal, desde la sección de “Te interesa. Participación Ciudadana”. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y hasta el día 14 de diciembre del actual inclusive.

5. Justificación.—El plazo de justificación de todas las subvenciones concedidas será hasta el 30 de marzo de 2026. Estos plazos podrán ser objeto de prórroga por acuerdo del órgano concedente.

Aranjuez, a 31 de octubre de 2025.—El interventor general, Rafael Gallego Martín.

(03/17.935/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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