Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 269

Fecha del Boletín 
11-11-2025

Sección 1.2.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251111-2

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

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RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2025, de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, sobre la modificación de la clasificación del puesto de trabajo de Intervención, clase 1.a (01569), reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes.

Mediante acuerdo de la Asamblea de Madrid, de fecha 1 de marzo de 2012, conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Resolución de Presidencia de 8 de junio de 2004, sobre inclusión en el ámbito de aplicación previsto en el Título X (Régimen de Organización de los Municipios de Gran Población) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas de Modernización del Gobierno Local, aprobó la inclusión del municipio de San Sebastián de los Reyes, en el ámbito de aplicación del Régimen de Organización de los Municipios de Gran Población.

Visto que con fecha 21 de julio de 2025, y número de registro 43/092621.9/25, tuvo entrada en el Registro de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, documentación del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes para la modificación de la clasificación del puesto de Intervención clase 1ª, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, referida a la denominación, y a la forma de provisión del puesto: de concurso a Libre Designación.

Visto que en el expediente consta: solicitud del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes referida modificación de la clasificación del puesto de Intervención General, respecto de su denominación y sistema de provisión, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, referida a la forma de provisión del mismo, de concurso a Libre Designación; acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 10 de junio de 2025, por el que se acuerda la modificación de la clasificación del puesto de Intervención General, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, referida a la forma de provisión del mismo, de concurso a Libre Designación; autorización de la Dirección General de Estabilidad Presupuestaria y Gestión Financiera Territorial, de fecha 4 de mayo de 2025, a la modificación de la forma de provisión del puesto de trabajo de Intervención General del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes por el sistema de Libre Designación; certificado del acuerdo del órgano competente por el que se aprobó la modificación de la clasificación de puesto de trabajo de Intervención, clase 1.a referido a su denominación, como Intervención General; acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 29 de marzo de 2022, procedió a la aprobación de su Presupuesto Municipal, en cuyo Anexo figura la denominación del puesto de Intervención General, acorde a lo previsto en el artículo 130 de la Ley 7/85, de 2 de abril, si bien, no tramitó el correspondiente expediente de modificación de la clasificación de la denominación, apareciendo en todos los registro, incluido el Registro integrado de habilitados nacionales del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, con la denominación de Intervención, clase 1.a; y anexo de personal del Ayuntamiento, aprobado junto al Presupuesto de 2022.

Vista la documentación adjunta, la denominación del puesto reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, sería la siguiente:

Situación actual:

— Denominación: Intervención, Clase 1.a

— Subescala Intervención - Tesorería, categoría Superior.

— Sistema de provisión: Concurso.

Clasificación que se solicita:

— Denominación: Intervención General.

— Subescala Intervención - Tesorería, categoría Superior.

— Sistema de provisión: Libre Designación.

Que el artículo 121 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, establece que “Las normas previstas en este título serán de aplicación: a) A los municipios cuya población supere los 250.000 habitantes; b) A los municipios capitales de provincia cuya población sea superior a los 175.000 habitantes) A los municipios que sean capitales de provincia, capitales autonómicas o sedes de las instituciones autonómicas; d) Asimismo, a los municipios cuya población supere los 75.000 habitantes, que presenten circunstancias económicas, sociales, históricas o culturales especiales. En los supuestos previstos en los párrafos c) y d), se exigirá que así lo decidan las Asambleas Legislativas correspondientes a iniciativa de los respectivos ayuntamientos”.

Que el artículo 130 de la Ley 7/85, de 2 de abril, establece en su apartado 1.b) que son órganos directivos: a) Los coordinadores generales de cada área o concejalía) Los directores generales u órganos similares que culminen la organización administrativa dentro de cada una de las grandes áreas o concejalías; c) El titular del órgano de apoyo a la Junta de Gobierno Local y al concejal-secretario de la misma; d) El titular de la asesoría jurídica; e) El Secretario general del Pleno; f) El interventor general municipal; g) En su caso, el titular del órgano de gestión tributaria.

Visto que el artículo 8 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, le atribuye a las Comunidades Autónomas la competencia para la clasificación de los puestos de trabajo de Secretaría de las Entidades Locales.

Que el artículo 45 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, establece que “1. Excepcionalmente, los puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional podrán cubrirse por el sistema de Libre Designación en las Entidades Locales incluidas en el apartado 6 del artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, entre funcionarios de la subescala y categoría correspondiente. Cuando se trate de puestos de trabajo que tengan asignadas las funciones contenidas en los artículos 4 y 5 de este real decreto será precisa la autorización expresa del órgano competente de la Administración General del Estado en materia de Haciendas Locales para cambiar el sistema de provisión del puesto, de concurso a Libre Designación. Esta autorización se solicitará por la Corporación Local proponente con anterioridad a la adopción de la resolución correspondiente. 2. La opción por el sistema de Libre Designación requiere la modificación previa en tal sentido de la correspondiente relación de puestos de trabajo, y comunicación al órgano competente de la Comunidad Autónoma a efectos de clasificación del sistema de provisión, sin perjuicio de la autorización a la que se refiere el párrafo anterior”.

Se han cumplido las prescripciones establecidas en la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y en el del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico del os funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Que el expediente reúne los requisitos objetivos establecidos.

Visto el informe del Área de Asistencia a Municipios, favorable a dicha clasificación.

Considerando que, esta Dirección General es competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el 13.4.k) del Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.

RESUELVO

1. Modificar la clasificación del puesto de Intervención, Clase 1.a del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, referida a su denominación y forma de provisión, en virtud de las competencias de clasificación atribuidas a la Comunidad Autónoma en el artículo 8 y 45 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y conforme al Acuerdo del Pleno de la Asamblea de Madrid de fecha 1 de marzo de 2012, sobre inclusión en el ámbito de aplicación previsto en el Título X, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y la Relación de Puestos de trabajo del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, en el sentido que se indica a continuación:

Situación actual:

— Denominación: Intervención, Clase 1.a

— Subescala Intervención - Tesorería, categoría Superior.

— Sistema de provisión: Concurso.

Clasificación que se solicita:

— Denominación: Intervención General.

— Subescala Intervención - Tesorería, categoría Superior.

— Sistema de provisión: Libre Designación.

2. Publicar esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

3. Comunicar la presente Resolución al Ministerio para la Transformación Digital y Función Pública, a los efectos que sean procedentes.

4. Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero de Presidencia y Administración Local, o ante el Director General de Reequilibrio Territorial, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estime pertinente en defensa de sus derechos.

Asimismo, para litigios entre Administraciones públicas, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Madrid, a 15 de octubre de 2025.—El Director General de Reequilibrio Territorial, Javier Carazo Gil.

(03/17.649/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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