Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 269

Fecha del Boletín 
11-11-2025

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251111-30

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

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ORDEN 2502/2025, de 21 de octubre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se cubren vacantes de la lista de solicitudes de suplentes prevista en la Orden 440/2025, de 21 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2025 de ayudas a deportistas madrileños por participar en competiciones deportivas oficiales.

La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte es el departamento de la Administración de la Comunidad de Madrid encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de Deporte, correspondiendo a su titular, entre otras, las competencias relativas al desarrollo, coordinación y control de ejecución de las políticas públicas del Gobierno en materia de Deporte, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de dicha Consejería.

Por otro lado, el artículo 11.f) del citado Decreto atribuye a la Dirección General de Deportes la competencia para proponer la concesión de subvenciones y ayudas públicas a los deportistas y, en su caso, a técnicos deportivos o a otros colectivos del ámbito del deporte, y a las federaciones, clubes, asociaciones y demás entidades deportivas, en el ámbito material de competencias de la dirección general.

Una de las manifestaciones clásicas de la actividad de fomento es la concesión de ayudas que, en este caso, se configura como un instrumento básico de apoyo para la mejora y perfeccionamiento de deportistas en el desarrollo de su actividad deportiva.

Mediante Orden 1853/2016, de 9 de junio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid, se establecen las bases reguladoras de las ayudas a deportistas madrileños por participar en competiciones deportivas oficiales. La Orden 440/2025, de 21 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, aprobó la convocatoria de dichas ayudas para el año 2025, para la mejora y perfeccionamiento de deportistas que destaquen por los resultados obtenidos en el año 2024, en su participación en competiciones oficiales nacionales e internacionales de las distintas modalidades deportivas reconocidas, tanto de deportes individuales como de equipo.

Por Orden 1720/2025, de 15 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, se conceden ayudas en el año 2025 a deportistas madrileños por participar en competiciones deportivas oficiales y se aprueba la relación de suplentes prevista en el apartado 7 de la Orden 440/2025, de 21 de febrero. Con posterioridad a la concesión, y dentro del plazo de justificación establecido por la Orden 440/2025, de 21 de febrero, se revocaron 9 ayudas mediante la Orden 2143/2025, de 5 de septiembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por un importe de 25.000 euros.

Siguiendo lo establecido en el artículo 8.2 de la Orden 1853/2016, de 9 de junio, y en el apartado ocho de la Orden 440/2025, de 21 de febrero, de convocatoria de ayudas a deportistas de 2025, se ha procedido a la cobertura de nuevas ayudas hasta sumar los 25.000 euros revocados entre los deportistas suplentes señalados en el anexo II de la Orden 1720/2025, de 15 de julio, de concesión de ayudas a deportistas, al haber solo suplentes con ayudas de cuantías de 1.000 y 2.000 euros se concederán 16 ayudas (9 ayudas de 2.000 euros y 7 ayudas de 1.000 euros).

Todos los suplentes relacionados han presentado el certificado al que se refiere el apartado 8.1 de la Orden 440/2025, de 21 de febrero, de convocatoria de ayudas a deportistas de 2025.

El apartado quinto de la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, prevé la delegación en el titular de la Dirección General de la concesión de subvenciones, cuando el importe de las mismas no supere los 150.000 euros.

Por lo anterior, y con base en las competencias que tengo atribuidas y a lo dispuesto en la normativa citada,

DISPONGO

Cubrir las vacantes que se han producido con los siguientes deportistas suplentes previstos en el anexo II de la Orden 1720/2025, de 15 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se conceden ayudas en el año 2025 a deportistas madrileños por participar en competiciones deportivas oficiales:

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Eficacia y medios de impugnación

El presente acto producirá efectos desde el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y contra el mismo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, directamente, el recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, contados, en ambos casos, desde el siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno interponer.

En Madrid, a 21 de octubre de 2025.—El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, P. D. C. (Orden 1381/2021, de 16 de noviembre), el Director General de Deportes, Alberto Tomé González.

(03/17.658/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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