Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 270

Fecha del Boletín 
12-11-2025

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251112-122

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TALAMANCA DE JARAMA

RÉGIMEN ECONÓMICO

122
Talamanca de Jarama. Régimen económico. Ordenanza fiscal

A los efectos previstos en el artículo 17 del TRLRHL, se hace público, el acuerdo de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por celebración de matrimonios civiles, aprobado provisionalmente por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el 30 de julio de 2025 y elevándose a definitivo dicho acuerdo al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo durante el período de exposición pública. A continuación, se transcribe la citada modificación.

“MODIFICACIÓN DEL ARTICULADO DE LA ORDENANZA FISCAL, REGULADORA DE LA TASA POR CELEBRACIÓN DE MATRIMONIOS CIVILES

Artículo 2.o Hecho imponible.—Constituye el hecho imponible de esta tasa, la prestación de los servicios administrativos y protocolarios con motivo de la celebración de las bodas civiles oficiadas por los miembros de la Corporación Municipal del Excmo. Ayuntamiento de Talamanca de Jarama.

Artículo 5.o Cuantía de la tasa.

Tarifas:

1. Celebración de la Boda Civil en el Ayuntamiento:

a) Empadronados: 100 euros.

b) No Empadronados: 200 euros.

2. Celebración de la Boda Civil en la Capilla de la Cartuja:

a) Empadronados: 800 euros: celebración de boda + 1 hora de fotos.

Empadronados: 600 euros: 1 hora de fotos.

b) No empadronados: 1.200 euros: celebración de boda + 1 hora de fotos.

No empadronados: 1.000 euros: 1 hora de fotos”.

De conformidad con lo establecido en el artículo 19.1 del TRLRHL, contra el citado acuerdo definitivo los legítimamente interesados podrán interponer, a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, recurso contencioso-administrativo, en la forma y plazos que se establecen en las normas reguladoras de dicha jurisdicción.

Talamanca de Jarama, a 29 de octubre de 2025.—El alcalde-presidente, Juan Manuel García Sacristán.

(03/17.854/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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