Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 270

Fecha del Boletín 
12-11-2025

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251112-98

Páginas: 4


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COSLADA

OTROS ANUNCIOS

98
Coslada. Otros anuncios. Convenio administrativo

Firma Convenio de Colaboración para la implantación del Programa Emplea-Plena Emplea Servicio de Telempleo suscrito entre el Ayuntamiento de Coslada y la Fundación Santa María la Real del Patrimonio Histórico.

Se anexa el Convenio íntegro para su publicación una vez firmado por ambas partes, en cumplimiento del artículo 23.2 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación Ciudadana de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de abril).

ANEXO AL PROTOCOLO MARCO DE ACTUACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE COSLADA Y LA FUNDACIÓN SANTA MARÍA LA REAL PARA LA IMPLANTACIÓN DEL PROGRAMA EMPLEA-PLENA EMPLEA SERVICIO DE TELEMPLEO

INTERVIENEN

De una parte, el Excmo. Sr D. Ángel Viveros Gutiérrez, como alcalde del Ayuntamiento de Coslada, nombrado en la sesión plenaria del 15 de junio de 2019, en calidad de representante de la Corporación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y el artículo 24 del texto refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local (Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril).

Don Álvaro Retortillo Osuna, con DNI ***1835** y D. José Luis Vélez Unquera con DNI ***3777**, actuando ambos en nombre y representación de la Fundación Santa María la Real del Patrimonio Histórico, un Proyecto desde Castilla y León, CIF G-34147827 y domicilio social en Monasterio Santa María la Real, sin número, 34800 Aguilar de Campoo, Palencia, actuando en su nombre y representación, en virtud de las competencias atribuidas a su favor en escritura pública de poder, otorgada en Herrera de Pisuerga el día 1 de abril de 2022, ante el notario del Ilustre Colegio Notarial de Castilla y León, don José Ángel Ramírez Díaz, con el número 148 de su protocolo e inscrita en el Registro de Fundaciones Culturales del Ministerio de Justicia al número 240CUL, de Cultura.

En adelante, también denominada como la “Fundación Santa María la Real”.

Además de la forma abreviada para referirse a las entidades firmantes, se podrá denominar a la Fundación Santa María la Real y al Ayuntamiento de Coslada de forma conjunta, como las “Partes” y, de manera individual, como la “Parte”.

Los comparecientes se reconocen mutuamente capacidad legal para suscribir el presente anexo al Protocolo de actuación y, a tal efecto,

EXPONEN

I. Que con fecha 30 de mayo de 2022, Ayuntamiento de Coslada y Fundación Santa María la Real firman un Protocolo de actuación Marco de Colaboración en el que establecieron las bases de su colaboración en relación a programas, proyectos y actividades a realizar materia desarrollo económico, social, personal y profesional y especialmente en lo referente a empleabilidad, formación y emprendimiento.

II. Que la Fundación Santa María la Real ha sido elegida entidad beneficiaria de la convocatoria para la selección de operaciones en la prioridad 6 “acciones sociales innovadoras” del programa FSE+ inclusión social, garantía infantil y lucha contra la pobreza para llevar a cabo el Programa EmpleA.

III. Qué conforme a esto, el Ayuntamiento de Coslada y Fundación Santa María la Real quieren impulsar el Servicio de TelEmpleo en el marco del Programa EmpleA y para ello desarrollarán en el presente Anexo los acuerdos específicos de su ejecución.

IV. Que la Fundación Santa María la Real es una institución sin ánimo de lucro cuya misión consiste en generar desarrollo económico, social, personal y profesional a partir de actividades relativas a la protección del patrimonio cultural, natural y social y que, en ese marco, promueve la inserción laboral por medio de iniciativas de fomento del empleo y el emprendimiento.

V. Que la Fundación Santa María la Real quiere impulsar el Servicio de TelEmpleo en el marco del Programa EmpleA en el territorio de Coslada.

VI. Que el Ayuntamiento de Coslada tiene entre sus funciones contribuir a la mejora de la empleabilidad de las personas desempleadas, y por ello, desea colaborar con la Fundación Santa María la Real en el Servicio de TelEmpleo en el marco del Programa EmpleA.

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.—El objeto del Anexo consiste en establecer las bases de colaboración entre el Ayuntamiento de Coslada y la Fundación Santa María la Real con relación al Servicio de TelEmpleo en el marco del Programa EmpleA.

Que el Servicio de TelEmpleo consiste en facilitar el acceso a servicios de orientación telefónica a mujeres en situación de vulnerabilidad. Es un servicio gratuito, en el que se tratarán diferentes aspectos para la mejora de la empleabilidad y acompañamiento en la búsqueda de empleo, especialmente a aquellas mujeres que tienen dificultades de conciliación, bajas competencias digitales o necesitan apoyo puntual para la búsqueda y no tienen posibilidad de desplazamiento.

El Servicio de TelEmpleo es accesible ya que tiene horario de mañana y tarde para facilitar el acceso de las mujeres con mayores dificultades. Podrán disponer de hasta 6 sesiones, pudiendo darse el caso de una consulta puntual o varias sesiones de aproximadamente media hora de duración. Se les ofrecerá contenido de refuerzo de lo trabajado con envío de información a través de SMS y/o mensajería instantánea. Y por último se les ofrecerá un seguimiento y atención personalizada contactando con ellas tras la atención.

Consta de unas 30 horas semanales, hasta 180 llamadas. Incluye un equipo multidisciplinar de profesionales compuesto de Técnica/o de empleo, técnico/a de acompañamiento digital y técnico/a de intermediación, Además incluye píldoras de refuerzo con contenidos adaptados a las diferentes necesidades, junto con un informe de seguimiento de atención.

Se dirige a mujeres en situación de vulnerabilidad, con problemas de desplazamiento y/o que presenten barreras por conciliación.

Los contenidos del servicio serán:

— Sectores emergentes donde se contactará con nuevas oportunidades laborales en el territorio, especialmente aquellas en sectores emergentes.

— Búsqueda de empleo: herramientas para la búsqueda de empleo y desarrollo de habilidades para afrontar entrevistas de trabajo.

— Recursos formativos: información sobre recursos formativos, especialmente los relacionados con la transición digital y ecológica.

— Planificación: organizar y planificar el proceso de búsqueda de empleo.

— Competencias digitales: ampliar las competencias digitales relacionadas con la empleabilidad.

— Salud mental y emocional: apoyo psicosocial para afrontar o reactivar la búsqueda de empleo.

El servicio de TelEmpleo ofrece a sus participantes:

Inclusión ya que evita desplazamientos a las mujeres que tienen más dificultades para desplazarse y facilita la conciliación.

Mejora la empleabilidad de las mujeres que por desconocimiento o desconfianza no acceden a servicios de empleo.

Es complementario a otros servicios, como el de orientación laboral que ofrece la Concejalía de Empleo del Ayuntamiento de Coslada.

Incrementa el impacto facilitando información sobre los recursos y programas del territorio empleo, formación e igualdad.

Ofrece una atención flexible, descongestionando los servicios presencialistas.

El Servicio de TelEmpleo se desarrollará hasta finales de 2025, pudiéndose prorrogar mediante acuerdo de las partes.

Segunda. Ámbito de aplicación.—El ámbito de aplicación del presente Servicio de TelEmpleo será el territorio de Coslada.

Tercera. Colaboración entre las partes.—Obligaciones de Fundación Santa María la Real:

1. La Fundación Santa María la Real se compromete a implantar el Servicio de TelEmpleo consensuando las Partes los plazos de realización. El desarrollo de dicho proyecto se realizará conforme a la metodología del programa, estableciendo las garantías necesarias para su correcto cumplimiento. La gestión integral de los proyectos corresponde únicamente a la Fundación Santa María la Real, contando para ello con la colaboración de Ayuntamiento de Coslada.

2. Se aplicará el Protocolo de Comunicación del Programa EmpleA con el objetivo de dar la máxima difusión posible al mismo, siempre de forma coordinada con el Ayuntamiento de Coslada.

3. De forma adicional, constituyen compromisos exclusivos de la Fundación Santa María la Real los siguientes:

— Garantizar la aplicación de un protocolo de actuación para el proceso de selección de los participantes de acuerdo con las directrices establecido por el financiador.

— Coordinar el proceso de comunicación de los proyectos, así como establecer el modo, canal y calendario de difusión. Para ello, la Fundación Santa María la Real deberá previamente consensuar el calendario con el resto de entidades implicadas, acordando cada fecha y plazo con los departamentos y/o técnicos que la Ayuntamiento de Coslada indique a este respecto.

— Efectuar el seguimiento, el control y la evaluación de cada proyecto.

— Realizar una memoria final, y su posterior envío a los responsables de Ayuntamiento de Coslada.

— Facilitar a Ayuntamiento de Coslada la documentación que le sea requerida a los efectos de llevar a cabo de forma eficiente las actuaciones relativas a la coordinación de actividades empresariales.

Compromisos de la Ayuntamiento de Coslada:

1. Difundir los proyectos que se lleven a cabo al amparo del presente Anexo, siguiendo las indicaciones previas establecidas en el Protocolo de Comunicación.

2. Realizar la campaña de captación de participantes a través de los servicios de apoyo al empleo y/o el emprendimiento, igualdad organismos relacionados. Dicha campaña se materializará en el envío de información detallada y precisa a las usuarias de sus servicios de empleo además de la publicación en la página web de la Ayuntamiento de Coslada y sus redes sociales.

3. Autorizará la coordinación general del proyecto a la Fundación Santa María la Real, informando a sus trabajadores/as que por su actividad habitual tengan interés en el proyecto, y en todo caso, a los/as técnicos/as y responsables del Área de Empleo o similares.

4. Aceptará las normas impuestas por el financiador/es en relación a la comunicación, colectivos de prioridad o cualquier otra que se especifiquen.

8. El Ayuntamiento de Coslada se compromete a no realizar iniciativas con el nombre o los signos distintivos de Servicio de TelEmpleo, que no estén amparadas por el presente Anexo, tanto por medios propios como a través de terceros, sin la autorización de la Fundación Santa María la Real.

El desarrollo de este programa no supondrá coste alguno para el Ayuntamiento de Coslada.

Cuarta. Protección de datos personales.—Todas las actuaciones derivadas de la presente colaboración se realizarán con sujeción a lo regulado por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y demás normativa de desarrollo de la misma.

Las Partes se comprometen a cumplir todas las obligaciones legales vigentes en materia de protección de datos. El posible incumplidor queda sujeto a la responsabilidad del pago de los daños y perjuicios causados a la otra Parte como consecuencia de su incumplimiento, entre los cuales se incluyen los derivados de las sanciones administrativas y los importes a que se pueda condenar a la Parte incumplidora en la jurisdicción civil, contencioso-administrativa o penal por este concepto; así como los gastos ocasionados en los eventuales procedimientos.

Quinta. Vigencia.—1. El Servicio de TelEmpleo se desarrollará hasta el 31 de diciembre de 2025, pudiéndose prorrogarse mediante acuerdo de las partes.

2. Se podrá resolver el Anexo por imposibilidad sobrevenida que no posibilite su continuidad.

Sexta. Entrada en vigor.—El presente Anexo entrará en vigor el mismo día de la firma del representante de la última Parte en firmar.

Coslada.—Por el Ayuntamiento de Coslada, Ángel Viveros Gutiérrez.—Por la Fundación Santa María la Real, Álvaro Retortillo Osuna y José Luis Vélez Unquera.

Coslada, a 28 de octubre de 2025.—El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.

(01/17.799/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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