Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 274

Fecha del Boletín 
17-11-2025

Sección 1.4.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251117-26

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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ADENDA de 16 de octubre de 2025, de prórroga para el año 2026 del convenio de colaboración, de 16 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, la Federación de Usuarios-Consumidores Independientes de la Comunidad de Madrid (CICM-FUCI), y los Ayuntamientos de Cabanillas de la Sierra, Campo Real, Colmenarejo, El Molar, Navalafuente, Patones, Pedrezuela, Ribatejada, Talamanca de Jarama, Torrelaguna, Torres de la Alameda, Valdemorillo, Valdetorres de Jarama, Valdeolmos-Alalpardo y Venturada, para implantar un sistema de información al consumidor.

REUNIDOS

De una parte, María del Carmen Tejera Gimeno, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid en su calidad de Viceconsejera de Economía y Empleo, nombrada mediante Decreto 49/2025, de 9 de julio, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de julio de 2025) y en el ejercicio de las competencias recogidas en la Orden de 17 de abril de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el protectorado de fundaciones; y de conformidad con lo dispuesto en el apartado tercero del artículo 4 de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 1/2001, de 29 de marzo, sobre los órganos competentes para la suscripción de convenios, en relación con el artículo 3.2.b) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid; en relación con el artículo 3 del Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid; y en virtud de las atribuciones que en materia de consumo le confiere el Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

De otra, Gustavo Samayoa Estrada, en su condición de Presidente de la Federación de Usuarios y Consumidores Independientes de la Comunidad de Madrid (CICM-FUCI), con NIF G-79453916 y domicilio social en calle Joaquín Costa, número 61, primera planta, 28002 Madrid; en virtud de las facultades que le otorgan los estatutos de la entidad, de acuerdo con el nombramiento de fecha 10 de julio de 2023.

Y de otra, Fernando Tárraga Enamorado, Alcalde del Ayuntamiento de Cabanillas de la Sierra, con NIF P-2802900-G, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por Acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 17 de junio de 2023 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Francisco Leal González, Alcalde del Ayuntamiento de Campo Real, con NIF P-2803300-I, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 17 de junio de 2023 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Fernando Juanas Cerrada, Alcalde del Ayuntamiento de Colmenarejo, con NIF P-2804400-F, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 17 de junio de 2023 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Borja Díaz de la Morena, Alcalde del Ayuntamiento de El Molar, con NIF P-2808600-G, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 17 de junio de 2023 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Javier Rubio de Gregorio, Alcalde del Ayuntamiento de Navalafuente, con NIF P-2809400-A, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por Acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 16 de febrero de 2024 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Luis Arriazu García, Alcalde del Ayuntamiento de Patones, con NIF P-2810700-A, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 17 de junio de 2023 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Rodrigo García Zafra, Alcalde del Ayuntamiento de Pedrezuela, con NIF P-2810800-I, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 17 de junio de 2023 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Agustín Peña Sánchez, Alcalde del Ayuntamiento de Ribatejada, con NIF P-2812200-J, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por Acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 17 de junio de 2023 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Juan Manuel García Sacristán, Alcalde del Ayuntamiento de Talamanca de Jarama, con NIF P-2814500-A, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por Acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 17 de junio de 2023 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Víctor José Gutiérrez Sánchez, Alcalde del Ayuntamiento de Torrelaguna, con NIF P-2815100-I, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 2 de noviembre de 2023 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

José Antonio Blanco Heras, Alcalde del Ayuntamiento de Torres de la Alameda, con NIF P-2815400-C, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 17 de junio de 2023 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Santiago Villena Acedos, Alcalde del Ayuntamiento de Valdemorillo, con NIF P-2816000-J, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 17 de junio de 2023 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Miguel Ángel Medranda Rivas, Alcalde del Ayuntamiento de Valdeolmos-Alalpardo, con NIF P-2816200-F, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por Acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 17 de junio de 2023 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

José María de Diego Tortosa, Alcalde del Ayuntamiento de Valdetorres de Jarama, con NIF P-2816400-B, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por Acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 17 de junio de 2023 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Carolina Folgueira Flores, Alcaldesa del Ayuntamiento de Venturada, con NIF P-2816900-A, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por Acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 17 de junio de 2023 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Actuando las partes en razón de sus respectivos cargos y reconociéndose mutuamente capacidad jurídica suficiente para este acto,

EXPONEN

I. Que el 16 de diciembre de 2023, la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, la Federación de Usuarios-Consumidores Independientes de la Comunidad de Madrid (CICM-FUCI), y los Ayuntamientos de Cabanillas de la Sierra, Campo Real, Colmenarejo, El Molar, Navalafuente, Pedrezuela, Ribatejada, Talamanca de Jarama, Torrelaguna, Torres de la Alameda, Valdemorillo, Valdetorres de Jarama y Venturada, suscribieron un convenio de colaboración para implantar un sistema de información al consumidor.

II. Que el convenio ha sido prorrogado y modificado el 2 de diciembre de 2024, cuya vigencia expira el 31 de diciembre de 2025.

III. Que al convenio se adhirieron a través del procedimiento descrito en la cláusula cuarta, los Ayuntamientos de Valdeolmos-Alalpardo (12 de marzo de 2024 - anexo III) y Patones (30 de abril de 2024 - anexo I), incluidos en la adenda de prórroga y modificación firmada el 2 de diciembre de 2024.

IV. Que las partes se encuentran satisfechas con los resultados alcanzados con la ejecución de dicho convenio, reconocen mutuamente su buen desarrollo y desean prorrogarlo por un año más.

V. Que se mantienen las condiciones económicas previstas para la implantación de un sistema de información al consumidor en los municipios firmantes y se actualiza su imputación al presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo para el ejercicio 2026, supeditada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el programa correspondiente.

En virtud/en atención de lo expuesto, las partes acuerdan formalizar la presente adenda de prórroga con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Prórroga del convenio de colaboración para el año 2026

De conformidad con lo previsto en la cláusula duodécima del convenio de colaboración suscrito el 16 de diciembre de 2023, prorrogado y modificado el 2 de diciembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo la Federación de Usuarios-Consumidores Independientes de la Comunidad de Madrid (CICM-FUCI), y los Ayuntamientos de Cabanillas de la Sierra, Campo Real, Colmenarejo, El Molar, Navalafuente, Patones, Pedrezuela, Ribatejada, Talamanca de Jarama, Torrelaguna, Torres de la Alameda, Valdemorillo, Valdeolmos-Alalpardo, Valdetorres de Jarama y Venturada, para implantar un sistema de información al consumidor, las partes firmantes acuerdan unánimemente prorrogar la vigencia de dicho convenio por el plazo de un año, comprendido entre el día 1 de enero de 2026 y hasta el día 31 de diciembre de 2026.

Las partes intervinientes se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones previstas en la cláusula primera, dirigidas a dar continuidad al objeto del convenio, de acuerdo con las obligaciones suscritas en la cláusula tercera de dicho convenio.

Segunda

Financiación y pago

Se mantiene el importe de 60,50 euros (IVA incluido) por hora de servicio, que será financiado por la Comunidad de Madrid, y en 1.482 el número de horas en que se prestará el mismo.

Este servicio de información al consumidor se prestará en las entidades locales firmantes los días acordados entre las partes, en horario de mañana o tarde y durante 3 horas consecutivas por día de prestación.

Con motivo de las operaciones de cierre del ejercicio presupuestario, el servicio no se prestará en las dos últimas semanas del mes de diciembre.

El importe máximo destinado a cada entidad local asciende a 2.178,00 euros; 4.356,00 euros; 6.352,50 euros y a 9.075,00 euros para las entidades locales de los anexos I, II, III y IV, respectivamente.

Se mantiene la cuantía que la Comunidad de Madrid aportará para el desarrollo del convenio de colaboración durante la ejecución de la presente prórroga, fijada en la cláusula séptima y, según se detalla en los anexos I a IV, la cantidad máxima de 89.661,00 euros (IVA incluido), actualizando la asignación presupuestaria con cargo al subconcepto 22809 “otros convenios, conciertos o acuerdos” del Programa 492A “Consumo”, del presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo para el ejercicio 2026, supeditada a la existencia de crédito adecuado y suficiente.

La aportación de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo se ajustará al efectivo coste de los trabajos certificados por los ayuntamientos, considerando el máximo del importe del convenio.

Tercera

Publicación y registro

La presente adenda de prórroga se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y se inscribirá en el Registro de Convenios y Protocolos de la Comunidad de Madrid.

Y siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las partes, firman de forma sucesiva la presente adenda con los respectivos certificados electrónicos, considerándose firmada en Madrid, en la fecha en que se encuentre consignada la última firma de las partes.

Madrid, a 16 de octubre de 2025.—La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 17 de abril de 2024, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de mayo), la Viceconsejera de Economía y Empleo, María del Carmen Tejera Gimeno.—El Presidente de la Federación de Usuarios-Consumidores Independientes de la Comunidad de Madrid (CICM-FUCI), Gustavo Samayoa Estrada.—El Alcalde del Ayuntamiento de Cabanillas de la Sierra, Fernando Tárraga Enamorado.—El Alcalde del Ayuntamiento de Campo Real, Francisco Leal González.—El Alcalde del Ayuntamiento de Colmenarejo, Fernando Juanas Cerrada.—El Alcalde del Ayuntamiento de El Molar, Borja Díaz de la Morena.—El Alcalde del Ayuntamiento de Navalafuente, Javier Rubio de Gregorio.—El Alcalde del Ayuntamiento de Patones, Luis Arriazu García.—El Alcalde del Ayuntamiento de Pedrezuela, Rodrigo García Zafra.—El Alcalde del Ayuntamiento de Ribatejada, Agustín Peña Sánchez.—El Alcalde del Ayuntamiento de Talamanca de Jarama, Juan Manuel García Sacristán.—El Alcalde del Ayuntamiento de Torrelaguna, Víctor José Gutiérrez Sánchez.—El Alcalde del Ayuntamiento de Torres de la Alameda, José Antonio Blanco Heras.—El Alcalde del Ayuntamiento de Valdemorillo, Santiago Villena Acedos.—El Alcalde del Ayuntamiento de Valdeolmos-Alalpardo, Miguel Ángel Medranda Rivas.—El Alcalde del Ayuntamiento de Valdetorres de Jarama, José María de Diego Tortosa.—La Alcaldesa del Ayuntamiento de Venturada, Carolina Folgueira Flores.

(03/17.010/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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