Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 274

Fecha del Boletín 
17-11-2025

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251117-77

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

RÉGIMEN ECONÓMICO

77
Móstoles. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del acuerdo 25/1008, de la Junta de Gobierno Local, de 11 de noviembre de 2025, por el que:

1. Se deja sin efectos las bases reguladoras de concesión de subvenciones de la Concejalía de Juventud, Familia, Igualdad y Cooperación, en concepto de “Ayudas por nacimiento a madres y padres jóvenes, de 18 a 25 años (para el fomento de la natalidad)” del municipio de Móstoles, aprobadas con fecha 8 de agosto de 2025, por Junta de Gobierno Local mediante Acuerdo 46/712.

2. Aprobar las Bases Reguladoras Específicas y la Convocatoria de las subvenciones en concepto de “Ayudas por nacimiento a madres y padres jóvenes, de 18 a 25 años (para el fomento de la natalidad)”, en el municipio de Móstoles, ejercicio 2025.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de las Bases de esta convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en el tablón de edictos convencional del Ayuntamiento de Móstoles, web de Familia FamiliaMostoles@ayto-mostoles.es y Sede Electrónica del Ayuntamiento de Móstoles:

https://www.mostoles.es/SEDE_ELECTRONICA/es/tramites-gestiones/ayudas-su...

BDNS: 868454

Primero. Objeto.—Las presentes subvenciones se encuentran recogidas dentro del Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Móstoles para el período 2023-2025 aprobado por acuerdo núm. 2/32, de Junta de Gobierno Local del 31 de enero de 2023, en su Octava Actualización aprobada por acuerdo núm. 4/521, de Junta de Gobierno Local, de fecha 1 de julio de 2025.

La concesión de estas ayudas tendrá como período subvencionable del 1 de julio de 2024 a 30 de junio de 2025 (ambos incluidos).

Segundo. Beneficiarios.—Serán destinatarios de estas madres y padres con edades comprendidas entre los 18 y los 25 años que, cumpliendo los requisitos establecidos en estas bases, hubieran tenido un hijo en el período establecido entre el 1 de julio de 2024 a 30 de junio de 2025 (ambos inclusive), que deben estar empadronados y ser residentes en Móstoles.

Tercero. Régimen aplicable.—Las ayudas que se concedan lo serán en régimen de concurrencia competitiva, tendrán carácter de subvención y a las mismas le serán de aplicación lo que dispone el Título VII de las Bases de ejecución del Presupuesto Municipal en concordancia con el art. 17.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LGS y, supletoriamente, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pueda aplicarse.

Cuarto. Crédito presupuestario.—La cuantía total de la ayuda económica para el fomento de la natalidad, por nacimiento a madres y padres jóvenes, de 18 a 25 años, asciende a 20.000 euros consignados en la aplicación presupuestaria 52-2318-48943, gasto 16: “Ayudas para el fomento de la natalidad”, del Presupuesto Municipal Ejercicio 2025.

Quinto. Plazo de presentación.—Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. No se admitirá ninguna solicitud presentada fuera de este plazo.

Las solicitudes se ajustarán en el modelo que se establece en el Anexo I de esta convocatoria, se facilitarán en el Edificio de Familia e Igualdad, sito en la C/ Ricardo Medem, 27, Ayuntamiento de Móstoles, Juntas de Distrito, también se podrán descargar en la web de Familia FamiliaMostoles@ayto-mostoles.es y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Móstoles:

https://www.mostoles.es/SEDE_ELECTRONICA/es/tramites-gestiones/ayudas-su...

Sexto. Publicidad.—Se publicará el texto íntegro de estas Bases Reguladoras y demás documentación anexa en: el tablón de edictos convencional del Ayuntamiento de Móstoles, web de Familia FamiliaMostoles@ayto-mostoles.es y Sede Electrónica del Ayuntamiento de Móstoles:

https://www.mostoles.es/SEDE_ELECTRONICA/es/tramites-gestiones/ayudas-su...

En Móstoles, a 13 de noviembre de 2025.—La concejal-delegada de Juventud, Familia, Igualdad y Cooperación, Marta Bastarreche Hernández.

(03/18.724/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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