Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 276

Fecha del Boletín 
19-11-2025

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251119-61

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES

61
ADENDA de 17 de octubre de 2025, de primera prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid a través, de la entonces Consejería de Familia, Juventud y Política Social (actual Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y la Asociación de Malabaristas de Madrid en el entorno del Centro de Acogida Casa de Campo, para el período comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2029.

En Madrid, a 17 de octubre de 2025.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las atribuciones que le confieren el Decreto 241/2023, de 20 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería, el artículo 41 a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

De otra, D. Javier Jiménez Fernández, Presidente de la Asociación de Malabaristas de Madrid, en conformidad con la representación otorgada según Acuerdo de fecha ocho de noviembre de 2024.

Ambas partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para suscribir la presente adenda, y

EXPONEN

Primero

Que el día 30 de agosto de 2022 se firmó el convenio entre la Comunidad de Madrid (a través de la entonces la Consejería de Familia Juventud y Política Social actualmente Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y la Asociación de Malabaristas de Madrid, para el desarrollo de actividades de tiempo libre en el ámbito de las artes circenses en el entorno del centro de acogida de la casa de campo, tales como la realización de espectáculos y cursos incluidos en el programa artístico de la Asociación, con vigencia desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2025.

Segundo

La cláusula decimoprimera del convenio establece que, en cualquier momento, antes de la finalización de la vigencia del convenio, las partes firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga, mediante la suscripción de la correspondiente adenda, por un período de hasta cuatro años adicionales, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 h). 2.o de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en el artículo 4.3.h) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

Tercero

Que ambas partes desean continuar colaborando en el desarrollo de actividades de tiempo libre en el ámbito de las artes circenses en el entorno del centro de acogida de la casa de campo, tales como la realización de espectáculos y cursos incluidos en el programa artístico de la Asociación.

Cuarto

Que el convenio no conlleva coste económico, por lo que no supondrá compromiso presupuestario alguno para la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.

Quinto

Que el servicio prestado por el la Asociación de Malabaristas de Madrid desde el inicio del convenio que se prorroga se ha realizado a plena satisfacción y con estricto cumplimiento de las condiciones pactadas.

Por ello, y en virtud de todo lo expuesto, las partes acuerdan la formalización de la primera adenda de prórroga del convenio mencionado, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Única

Prórroga

De conformidad con lo dispuesto en la cláusula decimoprimera del convenio suscrito el 30 de agosto de 2022, y dado que no se ha producido por ninguna de las partes denuncia expresa, se prorroga el mencionado convenio durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2029.

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente documento, en el lugar indicado, y fecha de la última firma digital.

En Madrid, a 17 de octubre de 2025.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—El Presidente de la Asociación de Malabaristas de Madrid, Javier Jiménez Fernández.

(03/17.188/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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