Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 276

Fecha del Boletín 
19-11-2025

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251119-98

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

98
Fuenlabrada. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 14 de noviembre de 2025 (Urgencia, punto 21.6), por el que se aprueba el gasto y la convocatoria de subvenciones del Programa Fuenbuses-Fuentrenes 2025-2026 para reducir los gastos de transporte de las actividades fuera del centro educativo.

BDNS: 869118

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones en el siguiente enlace: https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias

Primero. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarios los centros educativos de Fuenlabrada, en concreto:

— Escuelas Infantiles y Casas de Niños públicas de Fuenlabrada.

— Centros Públicos de Educación Infantil y Primaria y CEIPSOs de Fuenlabrada.

— Institutos de Educación Secundaria de Fuenlabrada.

— Centros de Educación Especial de Fuenlabrada.

— Centro de Educación Permanente de Adultos de Fuenlabrada.

— Colegios Concertados de Fuenlabrada.

No podrán resultar beneficiarios/as de las ayudas o subvenciones aquellos centros o entidades que se encuentren incursos en un procedimiento de reintegro o que tengan pendiente de aprobación la justificación de una subvención previamente otorgada por este Ayuntamiento para el mismo objeto y/o que tengan sin presentar la justificación de cualquier otra subvención recibida del Ayuntamiento habiendo transcurrido el plazo para ello.

Segundo. Objeto.—Se convocan en régimen de concurrencia no competitiva, ayudas destinadas a sufragar gastos de transporte derivados de actividades escolares realizadas fuera del Centro Educativo.

Las actividades deberán llevarse a cabo entre el 18 de noviembre de 2025 y 17 de noviembre de 2026, con las siguientes condiciones:

— Actividades de 1 día de duración y en un radio de 300 km desde el centro educativo.

— Actividades de más de 1 día en granjas escuela u otros centros de interés educativo, en las que el autobús tenga que realizar viajes de ida y vuelta al principio y al final de la actividad.

Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.

Cuarto. Importe.—El crédito asignado a estas ayudas asciende a 167.500,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 6051-326-48900.

A cada centro solicitante, se le asignará un importe máximo a conceder, calculado en función de los datos facilitados por el Servicio de Escolarización de la DAT SUR de Fuenlabrada a fecha 16 de octubre de 2025 (Anexo V). Además, se aplicarán coeficientes de bonificación según la tipología del centro educativo.

Quinto. Plazo presentación solicitudes.—El plazo será de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del presente extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Todos los Centros Educativos que pueden ser beneficiarios, deberán presentar la solicitud y documentación a través de Sede Electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada o a través de las Sedes Electrónicas de las Administraciones Públicas en cumplimiento del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sexto. Pago.—El pago de la subvención se realizará de forma anticipada y por el importe total, mediante transferencia a la cuenta bancaria indicada en la solicitud.

Séptimo. Justificación.—La fecha límite de justificación será el 30 de noviembre de 2026, mediante la documentación requerida en la Convocatoria (artículo 14).

Lo que se publica para su conocimiento y demás efectos, haciéndole saber que este acto agota la vía administrativa y contra el mismo podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante alguno de los órganos jurisdiccionales que prevén los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de esta notificación.

Sin perjuicio de lo anterior, podrá, con carácter potestativo, interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Asimismo, podrá utilizar cualquier otro recurso previsto en la Ley que a su derecho interese.

La interposición de los recursos mencionados no suspende, por sí sola, la ejecución del acto administrativo.

Fuenlabrada, a 17 de noviembre de 2025.—El alcalde-presidente, Francisco Javier Ayala Ortega.

(03/18.903/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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