Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 283

Fecha del Boletín 
27-11-2025

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251127-79

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

URBANISMO

79
Móstoles. Urbanismo. Plan parcial

Por la presente se hace público que la Junta de Gobierno Local, en su sesión celebrada el día 21 de octubre de 2025 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero.—Admitir a trámite la solicitud y aprobar inicialmente el Plan Parcial de Reforma Interior del ámbito de actuación de suelo urbano no consolidado SUNC-4 Granada-Corte Inglés de Móstoles, Madrid.

Segundo.—Abrir el trámite de información pública por el plazo de un mes, durante el cual se podrá consultar el documento en el Departamento de Planeamiento e Infraestructuras de la Gerencia Municipal de Urbanismo, calle Independencia, número 12, 6.a planta, en la web municipal y publicidad telemática.

Insertar anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los periódicos de mayor difusión. Asimismo, en orden a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 26 del RMPA, deberá publicarse en los tablones de edictos de la Casa Consistorial, de las Juntas de Distrito, de los Organismos Autónomos, en la web municipal y publicidad telemática.

Declarar la suspensión de las licencias de acuerdo con el artículo 70.4 de la LSCM, para la realización de los actos de uso del suelo, construcción y edificación y ejecución de actividades. No obstante, se podrán conceder autorizaciones basadas en el régimen vigente siempre que se respeten las determinaciones del presente Plan Parcial.

Se notificará la aprobación inicial del presente documento en su condición de interesado, conforme al artículo 4 de la LPAC, a Asociación Ecología y Libertad y al resto de interesados.

De forma simultánea a la información pública, se solicitarán aquellos informes que sean preceptivos conforme a la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid y conforme a la normativa sectorial y no sean exigibles con carácter previo a la aprobación inicial.

Tercero.—Requerir:

El ámbito SUNC-4 realizará, un estudio que estime la demanda de plazas del aparcamiento en el entorno residencial existente que justifique la capacidad de acogida en el mismo de dicha demanda.

Vivienda de Protección Pública. Dado el carácter, de renovación urbana de este ámbito, el presente Plan Parcial de Reforma Interior reserva el 20 % de la edificabilidad residencial a viviendas sujetas a algún régimen de protección pública, en este caso serán de precio limitado (VPPL): 31.950 m.2 c /159.752 m.2 c = 20 %. En aplicación de la disposición final cuarta de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el Derecho a la Vivienda, que modifica el artículo 20.1.b) del texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre.

Así mismo, se estará a lo dispuesto por el artículo 15.2.d) de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el Derecho a la Vivienda: d) La legislación sobre ordenación territorial o urbanística establecerá, para el suelo de reserva para vivienda sujeta a algún régimen de protección pública, recogido en la letra b) del apartado 1 del artículo 20, del texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, el porcentaje que deberá ser destinado a vivienda sujeta a algún régimen de protección pública de alquiler. Este porcentaje no podrá ser inferior al 50 %, salvo en casos excepcionales en los que el instrumento de ordenación urbanística lo justifique, atendiendo a las características de las personas demandantes de vivienda u otras circunstancias de larealidad económica y social.

Para las Ordenanzas de Equipamiento (EQ), Zonas Verdes y Áreas Ajardinadas (ZV/AJ) y Red Viaria y Acompañamiento de Red Viaria (RV/ARV) sería conveniente remitir a las Normas Urbanísticas Particulares equivalentes del Plan General como normativa subsidiaria a la del Plan Parcial.

Se incluirá plano de movimiento de tierras y replanteo con definición de las nuevas rasantes derivadas de la ordenación prevista tanto para las parcelas lucrativas resultantes como para lo viarios, zonas verdes-espacios libres y equipamientos públicos.

Se estará a lo establecido por el Plan Especial de Infraestructuras aprobado por el Pleno de 10 de diciembre de 2009 y por la Adenda al Convenio de Gestión Integral del Servicio de Distribución para la ejecución de infraestructuras hidráulicas.

El Proyecto de Urbanización, además de la ejecución de las obras a llevar a cabo en el propio ámbito urbanístico, estudiará y ejecutará las obras que fueran necesarias para la adecuada implantación y conexión con su entorno, tanto de las infraestructuras de servicios urbanos como de remodelación viaria.

Si bien no forma parte de la tramitación del presente documento, se tendrá en consideración el informe de la Jefe de Sección de Infraestructuras sobre el documento denominado Proyecto de Urbanización. Sector SUNC-4 Granada-Corte inglés, que forma parte del expediente GES 02/2022 sobre aprobación de la iniciativa para la ejecución privada del planeamiento del SUNC-4.

Con carácter general se revisará en el documento la mención y reproducción del articulado de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, para adecuarlo a la modificación llevada a cabo por las Leyes 11/2022, 3/2024 y 7/2024, de la Comunidad de Madrid.

El documento de aprobación definitiva, deberá presentarse visado (tres ejemplares) por colegio técnico profesional competente y firmado por la propiedad legalmente representada (incluido los propietarios en régimen de gananciales si los hubiera) y el técnico redactor. Se entregará completo, incluido anexos, mediante archivo informático en formato pdf y dwg.

Cuarto.—Dar traslado de esta resolución a los interesados, LPAC, Asociación Ecología y Libertad, al Corte Inglés, S. A., como propietario de la UE-1 y a los propietarios de la UE-2, Minipolígono Promisa, a los efectos oportunos.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y teniendo en cuenta el mencionado Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, se somete el citado documento a información pública y audiencia a los interesados por plazo de treinta días para que puedan formularse cuantas reclamaciones y sugerencias se consideren oportunas, estando a disposición de los ciudadanos, a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID , en las dependencias de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Móstoles en la calle Independencia, número 12, en horario de 9:00 hasta las 14:00 horas.

También podrá ser consultado en el siguiente enlace:

https://www.mostoles.es/SEDE_ELECTRONICA/es/tablon-anuncios/planes-urban...

Móstoles, a 4 de noviembre de 2025.—El concejal-delegado de Urbanismo, Vivienda, Patrimonio y Mantenimiento de la Ciudad, Sergio M.a Soler Hernández.

(02/18.854/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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