Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 287

Fecha del Boletín 
02-12-2025

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251202-48

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias

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Madrid. Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Delegación funciones

Acuerdo de 20 de noviembre de 2025, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se avoca la competencia para la supervisión del proyecto de obras de seguridad y sostenibilidad del Palacio de Cibeles y se delega en la Dirección General de Arquitectura y Conservación del Patrimonio del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos.

El antiguo Palacio de Comunicaciones es un monumental edificio que desde 2007 es la sede del Ayuntamiento de Madrid. Diseñado y construido por Antonio Palacios y Joaquín Otamendi como sede de la Sociedad de Correos y Telégrafos de España, fue inaugurado en 1909. En 1993 fue declarado Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento.

En base al Acuerdo de Pleno de 29 de septiembre de 2020, se adscribió el mantenimiento del Palacio de Cibeles al Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte.

Tras asumir el mantenimiento del edificio en enero de 2022, la Dirección General de Patrimonio Cultural y Paisaje Urbano encargó una auditoría externa del Palacio de Cibeles, que evidenció una situación preocupante en relación con distintos aspectos de su conservación. A pesar de haberse ejecutado diversas obras e intervenciones urgentes de mantenimiento para revertir esta situación, resulta imprescindible acometer de forma global actuaciones para que el edificio reúna las condiciones adecuadas de seguridad contra incendios, así como redefinir las instalaciones de climatización para optimizar su funcionamiento y alcanzar los estándares de calidad necesarios, además de actualizar las instalaciones.

Por este motivo, el 19 de marzo de 2024 se adjudicó por el Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte a la UTE Bardají Valladares, el contrato “Apoyo a la redacción del proyecto de ejecución de obras de seguridad y sostenibilidad del Palacio de Cibeles” basado en el Acuerdo Marco de servicios de apoyo a la redacción de proyectos y coordinación de seguridad y salud en las obras del ámbito del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos.

Conforme al apartado 9.o2.1c) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, corresponde a la Dirección General de Patrimonio Cultural y Paisaje Urbano la siguiente competencia: “Restaurar, rehabilitar y conservar el patrimonio cultural inmueble de propiedad municipal (niveles de protección I y II del Plan General de Ordenación Urbana), salvo las viviendas ligadas a rehabilitación urbana, los inmuebles destinados principalmente a servicios administrativos municipales, a colegios públicos y aquellos que estén adscritos a los distritos y los encomendados a otros órganos”.

La redacción del proyecto ha sido dirigida, tanto por el Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, como por el Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, si bien razones de índole técnica y económica que aconsejan que, de forma puntual, las actuaciones a proyectar se realicen en su totalidad por la Dirección General de Arquitectura y Conservación del Patrimonio.

Dichas razones derivan de la especialización técnica de la citada dirección general, ya que el Palacio de Cibeles ha sido sometido a distintos trabajos de acondicionamiento bajo la supervisión de técnicos de solvencia profesional indiscutible que prestan servicios en la Dirección General de Arquitectura y Conservación del Patrimonio, lo que garantizaría un adecuado y correcto desarrollo de los trabajos. Así mismo, es evidente la experiencia y profesionalidad en trabajos de esta envergadura de la Dirección General de Arquitectura y Conservación del Patrimonio, situación que mejoraría la eficiencia de los recursos que son precisos para la supervisión.

Para ello, resulta preciso que la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, avoque la competencia previamente delegada en la Dirección General de Patrimonio Cultural y Paisaje Urbano en el apartado 9.o2.1c) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte y que tal competencia sea posteriormente delegada en la Dirección General de Arquitectura y Conservación del Patrimonio, del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1e) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta conjunta de la titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte y de la titular del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos que eleva la Vicealcaldesa, y previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en reunión de 20 de noviembre de 2025

ACUERDA

Primero. Avocar la competencia delegada en la Dirección General de Patrimonio Cultural y Paisaje Urbano del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte en el en el apartado 9.o2.1c) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, única y exclusivamente en lo relativo a la supervisión del proyecto de obras de seguridad y sostenibilidad del Palacio de Cibeles.

Segundo. Delegar en la Dirección General de Arquitectura y Conservación del Patrimonio del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos la competencia avocada en el apartado primero.

Las competencias en materia de contratación y gastos que pudieran derivarse de dichas actuaciones se ejercerán de conformidad con el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos.

Tercero. Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente acuerdo.

Cuarto. Se faculta al titular de la Coordinación General de la Alcaldía para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo.

Quinto. Se faculta a la titular del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos a dictar los decretos precisos para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.

Sexto. El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.

Séptimo. Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado.

Madrid, a 20 de noviembre de 2025.—La directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.

(03/19.264/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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