Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 289

Fecha del Boletín 
04-12-2025

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251204-18

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

18
ORDEN 5283/2025, de 5 de noviembre, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio en el ámbito del Programa para la Orientación, Avance y Enriquecimiento Educativo en centros de especial complejidad educativa (Programa PROA+FSE+) en los cursos escolares 2025-2026, 2026-2027 y 2027-2028.

El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, con la participación de las comunidades autónomas, ha propuesto en el inicio del curso 2024-2025 la continuidad de las actuaciones del programa PROA+ desarrolladas en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea, con el desarrollo del Programa de Cooperación Territorial para la Orientación, Avance y Enriquecimiento Educativo en centros de especial complejidad educativa PROA+, contando con el apoyo económico del Fondo Social Europeo Plus.

El Fondo Social Europeo Plus, en adelante FSE+, para el período de programación 2021-2027, en relación con el ámbito educativo, ha establecido como eje prioritario abordar la mejora en la calidad de la educación y la formación, promover un sistema de educación y formación inclusivo y de gran calidad, accesible y asequible para todas las personas, en todos los niveles educativos y sin sesgos de género, orientado a las necesidades actuales y futuras del mercado de trabajo. Dentro de la Prioridad 7 Garantía Infantil, se desarrolla el objetivo específico ES04.6. Promover la igualdad de acceso a una educación y una formación de calidad e inclusivas y su culminación, en particular para los colectivos desfavorecidos, desde la educación infantil, pasando por la educación y la formación generales y profesionales, hasta la educación superior, así como la educación y el aprendizaje de adultos; asimismo, facilitar la movilidad educativa para todos y la accesibilidad de las personas con discapacidad.

Por ello, para el desarrollo del Programa PROA+, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, a través de un Programa de Cooperación Territorial plurianual (2024 a 2028), distribuirá los fondos susceptibles de recibir cofinanciación del FSE+, para que las comunidades autónomas, en el ejercicio de sus competencias y en el marco de un acuerdo de la Conferencia Sectorial, seleccionen aquellos centros que por sus especiales características y vulnerabilidad del alumnado deban formar parte del denominado PROA+FSE+. El Ministerio señala que, dado su carácter plurianual y las características del propio programa, se pretende favorecer la permanencia de los centros educativos adheridos al mismo.

Las características y exigencias básicas del programa PROA+FSE+ están establecidas en el Acuerdo de 30 de julio de 2024 de la Conferencia Sectorial de Educación por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas destinados al Programa de Cooperación Territorial para la Orientación, Avance y Enriquecimiento Educativo en centros de especial complejidad educativa (Programa PROA+, Fondo Social Europeo+), en el ejercicio presupuestario 2024, en el que se incluyen un conjunto de medidas sistémicas dirigidas a los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo, para la búsqueda de la plena inclusión educativa. La ejecución y desarrollo de este Programa y las actuaciones que lo definen corresponden, en función a las competencias asumidas, a las comunidades autónomas.

La Comunidad de Madrid, por razones de interés público, ha dado continuidad a este Programa iniciado en el curso 2021-2022, y que se ha desarrollado durante tres cursos escolares en el marco de las actuaciones Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea-Next Generation, acordando con los centros privados concertados que han estado participando, el desarrollo de actuaciones para el curso 2024-2025 mediante el establecimiento de convenios-subvención en los que se ha regulado el desarrollo de las actuaciones para el curso académico. De los 50 centros que habían participado en PROA+ en el período 2021 a 2023, 48 centros han solicitado la continuidad en el mismo para el programa PROA+FSE+ en el período 2024 a 2028.

El vigente plan estratégico aprobado mediante la Orden 1025/2023, incluye en el epígrafe V.12 del anexo, relativo al ámbito de la Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, un apartado que recoge la subvención entre la Comunidad de Madrid y los centros privados concertados participantes en el Programa de Cooperación Territorial del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, para el desarrollo del Programa para la Orientación, Avance y Enriquecimiento Educativo en centros de especial complejidad educativa (Programa PROA+FSE+), a partir del curso 2024-2025.

No obstante, al finalizar este plan estratégico su vigencia en el ejercicio 2025, resulta necesario dar una cobertura completa a los convenios-subvención que se van a firmar en el curso 2025-2026, y cuya duración se extenderá hasta la finalización del curso 2027-2028.

El Plan Estratégico de Subvenciones debe confeccionarse con carácter previo a cualquier propuesta de otorgamiento de subvenciones, tiene carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones, quedando condicionada su efectividad a la puesta en práctica de las actuaciones en él recogidas y, en cualquier caso, a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio en función de los libramientos realizados por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.

El artículo 25 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, establece la obligación de publicar los planes estratégicos de subvenciones, además de en el portal de transparencia de la Comunidad de Madrid, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En su virtud, de conformidad con las competencias que me atribuye el artículo 7 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo,

DISPONGO

Primero

Aprobación

Aprobar el Plan estratégico de subvenciones de la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, en el ámbito del Programa para la Orientación, Avance y Enriquecimiento Educativo en centros de especial complejidad educativa (Programa PROA+FSE+) en los cursos escolares 2025-2026, 2026-2027 y 2027-2028, que figura como Anexo.

Segundo

Carácter programático del Plan

El presente Plan tiene carácter programático y las previsiones presupuestarias que se hacen en él quedan supeditadas, entre otros condicionantes, a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio.

Tercero

Efectos

Esta Orden producirá efectos desde el momento de su firma.

Cuarto

Publicidad

Esta Orden se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 5 de noviembre de 2025.

El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, EMILIO VICIANA DURO

ANEXO

SUBVENCIÓN ENTRE LA COMUNIDAD DE MADRID Y LOS CENTROS PRIVADOS CONCERTADOS QUE IMPARTEN 2.o CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL, EDUCACIÓN PRIMARIA, EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA, FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA, FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO MEDIO Y/O BACHILLERATO PARTICIPANTES EN EL PROGRAMA PARA LA ORIENTACIÓN, AVANCE Y ENRIQUECIMIENTO EDUCATIVO EN CENTROS DE ESPECIAL COMPLEJIDAD EDUCATIVA (PROGRAMA PROA+FSE+) FINANCIADO A TRAVÉS DE UN PROGRAMA DE COOPERACIÓN TERRITORIAL ARTICULADO POR EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES CON APOYO ECONÓMICO DEL FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS (FSE+)

A) Objetivo

El objetivo general que se pretende cumplir es implementar un mecanismo de ayuda para el fortalecimiento de los centros privados sostenidos con fondos públicos que afrontan una mayor complejidad educativa, con al menos un 30% de alumnos educativamente vulnerable, apoyando las actuaciones que realicen durante el período 2024-2028. Estas actuaciones deben servir para cambiar la cultura de los centros a través de la generación de expectativas positivas para todos los alumnos, procesos de enseñanza/aprendizaje que generen satisfacción en todos los actores implicados, y la potenciación de un clima inclusivo, todo ello, de forma paulatina y sostenible, para encaminarlo hacia el éxito escolar de todos los alumnos, que constituye su objetivo último.

Como objetivos específicos del programa PROA+FSE+ se establecen:

— Incrementar los resultados escolares de aprendizajes cognitivos y socioemocionales.

— Reducir el número de alumnos y alumnas que repite curso.

— Reducir el número de alumnos y alumnas que presenta dificultades para el aprendizaje.

— Reducir el absentismo escolar, mejorando las fases del proceso de aprendizaje.

— Conseguir y mantener un buen clima inclusivo en los centros.

— Conseguir y mantener un buen nivel de satisfacción en el proceso de enseñanza/aprendizaje.

— Conseguir y mantener expectativas positivas de los profesores sobre todos los alumnos.

— Avanzar hacia una escuela inclusiva y sin segregación interna en los centros.

B) Coste presupuestario

La financiación de los convenios-subvención para el Programa PROA+FSE+ 2024-2028, correspondiente al curso 2025-2026, asciende a 1.868.201,42 euros, recogiéndose la financiación para cada convenio-subvención por centro en dos adendas, las correspondientes al período septiembre-diciembre de 2025, con un importe total de 669.553,97 euros, y las del período enero-junio 2026, con un importe total de 1.198.647,45 euros.

El abono de la subvención se realizará con cargo a los créditos incluidos en el fondo 2024/00104, en los subconceptos 48501 Educación infantil; 48502 Educación Primaria, 48505 Formación Profesional, 48506 Bachillerato, y 48507 Educación Secundaria Obligatoria ESO, del programa presupuestario 323M “Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio”, del Presupuesto de Gastos de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid.

La financiación de los convenios-subvención para el Programa PROA+FSE+ correspondiente a los cursos 2026-2027 y 2027-2028, que correspondería a la enseñanza concertada, de acuerdo con la distribución de crédito prevista entre las Direcciones Generales de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades participantes en el programa, sería de 1.997.745,75 euros, condicionada al libramiento del crédito por ejercicio presupuestario del Ministerio.

C) Fuente de financiación

Los convenios-subvención acogidos a este Plan Estratégico están financiados a través de un Programa de Cooperación Territorial articulado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes con apoyo económico del Fondo Social Europeo Plus (FSE+).

D) Plazo

Los plazos para la ejecución del Programa de Cooperación Territorial para el desarrollo del Programa para la Orientación, Avance y Enriquecimiento Educativo en centros de especial complejidad educativa (Programa PROA+FSE+) son los siguientes:

— Correspondiente al presupuesto del año 2025: desde el 1 de septiembre de 2025 hasta el 31 de diciembre del año 2026.

— Correspondiente al presupuesto del año 2026: desde el 1 de septiembre de 2026 hasta el 31 de diciembre del año 2027.

— Correspondiente al presupuesto del año 2027: desde el 1 de septiembre de 2027 hasta el 31 de diciembre del año 2028.

E) Efectos

El principal efecto perseguido es el cumplimiento de los objetivos planteados

F) Indicadores del grado de cumplimiento de objetivos y resultados

Los indicadores serán los siguientes:

— % Grado de cumplimiento de los objetivos singulares de centro.

— % Grado de cumplimiento de los compromisos del centro.

— % Grado de cumplimiento de progreso global.

— % Grado de cumplimiento de ejecución y su calidad del Plan de Actividades Palanca.

— % Grado de cumplimiento de los objetivos del Plan de Actividades Palanca (impacto).

— % Alumnos matriculados en situación de vulnerabilidad; % de mejora respecto a la situación inicial.

— % Alumnos en alguna de las siguientes situaciones: absentismo, repetición de curso, superación de curso o ciclo; % de mejora respecto a la situación inicial.

— % Alumnos que superan ciclo o curso según tipología de alumnos: mujeres, hombres, alumnos vulnerables, alumnos repetidores; % de mejora respecto a la situación inicial.

G) Medidas correctoras

No se prevén medidas correctoras, dado que tanto el número de centros participantes como el crédito presupuestario están determinados con anterioridad.

H) Evaluación

La evaluación se basará principalmente en la revisión de los indicadores.

Al inicio de cada convocatoria se evaluarán los datos obtenidos del desarrollo del programa en el curso anterior, con todas las incidencias relevantes que hayan acontecido a los efectos de verificar la correcta evolución del Plan Estratégico y, en su caso, proceder a realizar las modificaciones necesarias.

(03/19.435/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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