Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 289

Fecha del Boletín 
04-12-2025

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251204-19

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

19
ORDEN 5709/2025, de 20 de noviembre, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se modifica la Orden 5283/2025, de 5 de noviembre, por la que se aprueba el plan estratégico de subvenciones de la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio en el ámbito del Programa para la Orientación, Avance y Enriquecimiento Educativo en centros de especial complejidad educativa (Programa PROA+FSE+) en los cursos escolares 2025-2026, 2026-2027 y 2027-2028.

Mediante la Orden 5283/2025, de 5 de noviembre, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, se ha aprobado el plan estratégico de subvenciones en el ámbito del Programa para la Orientación, Avance y Enriquecimiento Educativo en centros de especial complejidad educativa (Programa PROA+FSE+) en los cursos escolares 2025-2026, 2026-2027 y 2027-2028, cuya propuesta corresponde a la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio.

La Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio en el curso escolar 2021-2022, realizó el desarrollo del programa PROA+ en aquellos centros privados concertados que potestativamente así lo decidieron, mediante la convocatoria para la participación de centros privados concertados de 2.o ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica, Formación Profesional de Grado Medio y/o Bachillerato en el programa PROA+ 21-23, establecida en la Resolución de 27 de septiembre de 2021 de la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio.

El Programa PROA+FSE+ viene a dar continuidad a los centros que, desde el curso 2021-2022, han venido desarrollando el mismo, con la implementación de nuevas actuaciones durante los cursos 2025-2026, 2026-2027 y 2027-2028.

Para ello, se ha emitido el correspondiente informe justificativo de la concurrencia de las razones excepcionales que aconsejan la utilización del procedimiento de concesión directa de las ayudas a los referidos centros educativos concertados, para el desarrollo del citado programa mediante la suscripción de convenios-subvención que regulen el acuerdo entre la Comunidad de Madrid y cada uno de los titulares de los centros privados concertados, para su participación en el Programa de Cooperación Territorial para la Orientación, Avance y Enriquecimiento Educativo en centros de especial complejidad educativa (Programa PROA+, Fondo Social Europeo+).

Por lo tanto, se modifica la citada Orden 5283/2025, al objeto de incluir los beneficiarios y la distribución de créditos previstos en los convenios-subvención de concesión directa.

En su virtud, de conformidad con las competencias que me atribuye el artículo 7 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo,

DISPONGO

Primero

Modificación de la Orden 5283/2025, de 5 de noviembre, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba el plan estratégico de subvenciones de la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio en el ámbito del Programa para la Orientación, Avance y Enriquecimiento Educativo en centros de especial complejidad educativa (Programa PROA+FSE+) en los cursos escolares 2025-2026, 2026-2027 y 2027-2028

Se modifica la referida Orden 5283/2025, incluyendo en el Plan estratégico de subvenciones en el ámbito del Programa para la Orientación, Avance y Enriquecimiento Educativo en centros de especial complejidad educativa (Programa PROA+FSE+) en los cursos escolares 2025-2026, 2026-2027 y 2027-2028, la relación de beneficiarios de los convenios-subvención de concesión directa, y la distribución de créditos prevista, modificando el apartado B) del anexo de la Orden 5283/2025, en los términos que se expresan en el anexo de la presente Orden.

Segundo

Efectos

Esta Orden producirá efectos desde el momento de su firma.

Tercero

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Esta Orden se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 20 de diciembre de 2025.

El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, EMILIO VICIANA DURO

ANEXO

SUBVENCIÓN ENTRE LA COMUNIDAD DE MADRID Y LOS CENTROS PRIVADOS CONCERTADOS QUE IMPARTEN 2.o CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL, EDUCACIÓN PRIMARIA, EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA, FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA, FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO MEDIO Y/O BACHILLERATO PARTICIPANTES EN EL PROGRAMA PARA LA ORIENTACIÓN, AVANCE Y ENRIQUECIMIENTO EDUCATIVO EN CENTROS DE ESPECIAL COMPLEJIDAD EDUCATIVA (PROGRAMA PROA+FSE+) FINANCIADO A TRAVÉS DE UN PROGRAMA DE COOPERACIÓN TERRITORIAL ARTICULADO POR EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES CON APOYO ECONÓMICO DEL FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS (FSE+)

B) Coste presupuestario y beneficiarios

Los beneficiarios de los convenios-subvención durante la vigencia del Plan serán los titulares de los centros docentes sostenidos con fondos públicos seleccionados en la convocatoria del Programa PROA+ 2021-2023, que, en relación con cada curso escolar, mantengan su compromiso de participación en el Programa y cumplan las condiciones y requisitos establecidos en el mismo para su ejecución.

La financiación de los convenios-subvención para el Programa PROA+FSE+ 2024-2028, correspondiente al curso 2025-2026, asciende a 1.868.201,42 euros, recogiéndose la financiación para cada convenio-subvención por centro en dos adendas, las correspondientes al período septiembre-diciembre de 2025, con un importe total de 669.553,97 euros, y las del período enero-junio 2026, con un importe total de 1.198.647,45 euros.

El abono de la subvención se realizará con cargo a los créditos incluidos en el fondo 2024/00104, en los subconceptos 48501 Educación Infantil; 48502 Educación Primaria, 48505 Formación Profesional, 48506 Bachillerato, y 48507 Educación Secundaria Obligatoria ESO, del programa presupuestario 323M “Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio”, del Presupuesto de Gastos de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid.

La relación de beneficiarios de la subvención de concesión directa, titulares de centros participantes en el Programa PROA+ desde su inicio, y los importes previstos para cada una de las subvenciones en el curso 2025-2026 es la siguiente:

La financiación de los convenios-subvención para el Programa PROA+FSE+ en los cursos 2026-2027 y 2027-2028, que correspondería a los titulares de los centros concertados, de acuerdo con la distribución de crédito prevista entre las Direcciones Generales de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades participantes en el programa, sería de 1.997.745,75 euros. No obstante, esta financiación estará condicionada, por un lado, al libramiento del crédito por ejercicio presupuestario del Ministerio y, por otro, al reparto que para cada curso escolar se realice entre las unidades administrativas de la Consejería.

La distribución de créditos entre los convenios-subvención suscritos con cada uno de los titulares se realizará según el crédito disponible y en función de los centros que continúen su participación en el programa.

(03/19.441/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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