Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 289

Fecha del Boletín 
04-12-2025

Sección 1.3.109.60: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251204-24

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

FUNDACIÓN DE LA ENERGÍA DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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RESOLUCIÓN de 20 de noviembre de 2025, de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, por la que se da publicidad a la relación de ayudas y subvenciones concedidas en el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva de ayudas a la movilidad eléctrica del Programa MOVES III —año 2021-2022-2023— desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia —financiado por la Unión Europea— NextGenerationEU, Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Mediante Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, se aprobó la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Mediante Resolución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid de 15 de julio de 2021 se convocó la concesión de ayudas a la movilidad eléctrica del Programa MOVES III-Año 2021-2022-2023.

En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en las disposiciones vigentes y una vez concedidas las ayudas a los destinatarios últimos por la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid en el período comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023,

DISPONE

Primero

Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en los términos establecidos en el artículo 7, apartado 3 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid la relación de ayudas concedidas conforme a la Resolución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid de 15 de julio de 2021 se convocó la concesión de ayudas a la movilidad eléctrica del Programa MOVES III —año 2021-2022-2023— desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023.

Segundo

Contra la presente resolución se podrá interponer potestativamente recurso de reposición, ante la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses.

Madrid, a 20 de noviembre de 2025.—El Director Gerente, José Pedro Reques Fernández.

ANEXO I

BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA DE AYUDAS A LA MOVILIDAD ELÉCTRICA DEL PROGRAMA MOVES III —AÑO 2021-2022-2023— DE LA FUNDACIÓN DE LA ENERGÍA DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Desde 1 de enero 2023 a 31 de diciembre de 2023:

https://www.fenercom.com/wp-content/uploads/2025/11/Anexo_2023_benef_Mov...

(03/19.393/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.109.60: I. COMUNIDAD DE MADRID

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