Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 289

Fecha del Boletín 
04-12-2025

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251204-50

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES

50
ADENDA de 19 de noviembre de 2025, de prórroga, para el año 2026, del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y el Ayuntamiento de Leganés, para la gestión de un centro de emergencia para mujeres víctimas de violencia de género y sus hijos.

En Madrid, a 19 de noviembre de 2025.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. Dña. Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, para el ejercicio de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

De otra parte, el Excmo. Sr. D. Miguel Ángel Recuenco Checa, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Leganés, nombrado mediante Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 17 de junio de 2023, en el ejercicio de la competencia que le atribuye el artículo 124.4.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local.

Actuando ambas partes en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen mutua capacidad para la suscripción de la presente prórroga del Convenio de colaboración y

MANIFIESTAN

Primero

El día 20 de diciembre de 2024 se firmó el convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y el Ayuntamiento de Leganés, para la gestión de un centro de emergencia para mujeres víctimas de violencia de género y sus hijos.

Segundo

La cláusula décima relativa a la vigencia, prórroga y modificación de dicho convenio, faculta a las partes para prorrogar su vigencia por acuerdo expreso, formalizado mediante la suscripción de la correspondiente adenda, antes de la finalización de su vigencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, durante un plazo máximo de 4 años.

Tercero

En virtud de cuanto antecede, es deseo de ambas partes, dada su confluencia de intereses, suscribir esta prórroga del convenio de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Prórroga para el año 2026

Las partes firmantes del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y el Ayuntamiento de Leganés, para la gestión de un centro de emergencia para mujeres víctimas de violencia de género y sus hijos, acuerdan prorrogar la vigencia de dicho convenio durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.

Segunda

Financiación

1. El importe total de esta prórroga asciende a la cantidad de 219.000,00 euros.

2. La financiación a cargo de la Consejería competente en materia de Mujer, asciende a la cantidad de 175.200,00, que corresponden al 80 % del coste total del convenio. La aportación económica a cargo de la Comunidad de Madrid se financia con cargo al subconcepto 25400 “Con Corporaciones Locales”, Programa 232B “Acciones contra la Violencia de Género y Promoción de la Igualdad de Oportunidades, del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para el año 2026.

3. El Ayuntamiento de Leganés aportará la cantidad de 43.800,00 euros, que corresponden al 20 % del coste total del convenio.

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente documento, en el lugar indicado, y fecha de la última firma digital.

Madrid, a 19 de noviembre de 2025.—Por la Comunidad de Madrid, la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—Por el Ayuntamiento de Leganés, el Alcalde-Presidente, Miguel Ángel Recuenco Checa.

(03/19.583/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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