Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 290

Fecha del Boletín 
05-12-2025

Sección 1.4.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251205-30

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

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ADENDA segunda de 20 de noviembre de 2025, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid y Plena Inclusión Madrid, para el impulso de la accesibilidad cognitiva de las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo.

En Madrid, a 20 de noviembre de 2025.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Miguel Ángel García Martín, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, en su calidad de Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, nombrado por Decreto 39/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se nombra Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 150, de 26 de junio de 2023), actuando en representación de la Comunidad de Madrid y de acuerdo con lo establecido en el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y al artículo 3, apartado 2, del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

Y, de otra parte, don Tomás Ángel Sancho, en calidad de presidente de Plena Inclusión Madrid, actuando en nombre y representación de esta entidad, que es la Federación de Entidades de Personas con Discapacidad Intelectual o del Desarrollo de Madrid, avenida Ciudad de Barcelona, n.o 108, escalera 2, bajo D, 28007 de Madrid, CIF G-28729853, inscrita en el Registro de Asociaciones de la Comunidad de Madrid con número 29831, sección 1.a, declarada de utilidad pública con fecha 2 de abril de 1982, y con los poderes y capacidad jurídica para firmar convenios, conferidos en la Junta Directiva de 12 de septiembre de 2022, elevado a público en escritura de 29 de septiembre de 2022, y conforme al bastanteo de poderes ratificado por la Letrada de la Comunidad de Madrid de 27 de febrero de 2023.

Ambas partes, en el ejercicio de sus funciones, se reconocen mutuamente capacidad jurídica y de obrar suficiente para suscribir la presente Adenda y, a tal efecto,

MANIFIESTAN

I. Que con fecha 25 de marzo de 2024 se suscribió un convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, y la entidad Plena Inclusión Madrid, para el impulso de la accesibilidad cognitiva de las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo.

En el marco de este convenio se han venido desarrollando distintos tipos de actuaciones en materia de accesibilidad cognitiva, destinadas a garantizar la igualdad de acceso a la información y a los servicios públicos de las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo en la Comunidad de Madrid. La ejecución de las líneas de actuación recogidas en este convenio ha mostrado su eficacia en la eliminación de las barreras de acceso y para dotar de una mayor autonomía a las personas con discapacidad intelectual en sus relaciones con la Administración pública de la Comunidad de Madrid.

II. Que, según lo contemplado en la cláusula séptima de dicho convenio, las partes firmantes acordaron una vigencia desde la fecha de su firma hasta el 30 de noviembre de 2024, con posibilidad de poder prorrogarlo, mediante acuerdo expreso de las partes, por un período máximo de tres años adicionales.

III. Que las partes manifiestan su satisfacción por la colaboración desarrollada y reconocen mutuamente el buen cumplimiento del convenio.

IV. Que la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas en materia de atención e información al ciudadano y en materia de promoción, coordinación y producción normativa que requiera el desarrollo del uso de la comunicación clara y de la metodología “Lectura fácil”; y la entidad sin ánimo de lucro Plena Inclusión Madrid manifiestan su interés en prorrogar el referido Convenio y ampliar así su vigencia.

V. Que, con el fin de dar continuidad a la prestación del objeto de dicho Convenio, las partes, anticipadamente a la terminación de su duración, acuerdan formalizar su segunda prórroga por un período adicional de un año de conformidad a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Las partes firmantes acuerdan la segunda prórroga por un año del convenio de colaboración suscrito con fecha 25 de marzo de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración local, y Plena Inclusión Madrid, para el desarrollo el impulso de la accesibilidad cognitiva para personas con discapacidad intelectual o del desarrollo, cuya vigencia comprende desde la fecha de su firma hasta el 30 de noviembre de 2024.

Con fecha 19 de noviembre de 2024 se acordó la primera prórroga por un año del convenio de colaboración, con efectos desde el 1 de diciembre de 2024 al 30 de noviembre de 2025.

Por lo tanto, los efectos de la presente Adenda de prórroga de este convenio de colaboración, se extenderán desde el día 1 de diciembre de 2025 al 30 de noviembre de 2026.

Segunda

Las partes intervinientes se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones previstas en el articulado del convenio, dirigidas a dar continuidad al objeto del convenio de colaboración.

Tercera

En lo no modificado expresamente por este documento, permanecerán plenamente vigentes e inalteradas las cláusulas pactadas en el citado convenio de colaboración hasta la extinción de la presente Adenda.

Y para que así conste, y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente Adenda, siendo la fecha de formalización de la misma la que figure en el encabezamiento.

Madrid, a 20 de noviembre de 2025.—El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, Miguel Ángel García Martín.—En representación de Plena Inclusión Madrid, Tomás Ángel Sancho.

(03/19.611/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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