Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 290

Fecha del Boletín 
05-12-2025

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251205-87

Páginas: 15


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VENTURADA

OFERTAS DE EMPLEO

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Venturada. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

Resolución de la Junta de Gobierno Local de 14 de noviembre de 2025, del Ayuntamiento de Venturada, por la que se aprueban las bases y la convocatoria para cubrir la plaza de Oficial Administrativo de este Ayuntamiento, mediante sistema de concurso-oposición libre.

Se hace público, que la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 14 de noviembre de 2025, en ejercicio de las competencias otorgadas por Decreto de Alcaldía n.o 2023-0515, de 13 de julio, acordó por unanimidad, aprobar las bases que han de regir la convocatoria de una plaza de Oficial Administrativo, en régimen de funcionario de carrera, mediante sistema de concurso-oposición libre, y la convocatoria de dicho puesto, conforme a las bases aprobadas que se publican integras.

El plazo de presentación de instancias se abrirá al día siguiente de la publicación en extracto en el “Boletín Oficial del Estado” de la convocatoria.



























Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alterna-tivamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante Alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Venturada, a 21 de noviembre de 2025.—La alcaldesa, Carolina Folgueira Flores.

(03/19.459/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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