Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 293

Fecha del Boletín 
09-12-2025

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251209-62

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ

RÉGIMEN ECONÓMICO

62
Aranjuez. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Convocatoria y bases reguladoras de ayudas para la realización de actividades socioeducativas en días no lectivos de navidad, curso 2025-2026.

BDNS (Identif.): 871748

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/871748

1. Objeto.—La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas por parte del Ayuntamiento de Aranjuez dirigidas a sufragar parte del coste de las Actividades que se realizan en los centros educativos durante los días no lectivos (22, 23, 26, 29, 30 de diciembre 2025 y 2, 5, 7 de enero 2026) del Curso 2025-2026. Estas ayudas tienen como objetivo fundamental, por un lado, posibilitar la conciliación de la vida laboral y familiar y por otro, ayudar a las familias con carencias económicas y en situación de vulnerabilidad social.

2. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarios de estas becas los padres/madres o tutores legales de alumnos que cursen estudios de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial, en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la localidad, que cumplan los siguientes requisitos:

1) La unidad familiar solicitante de la ayuda debe estar empadronada en la localidad. A estos efectos, el solicitante de la beca autoriza a la Delegación de Educación a comprobar de oficio el empadronamiento de la unidad familiar a través del Padrón Municipal de Habitantes.

2) Solo podrán solicitar estas ayudas aquellas familias que en el año 2024, tuviesen una renta per cápita inferior a 1,5 veces el IPREM (7.200,00 ´ 1,5) 10.800,00 euros. Aquellas solicitudes que superen este umbral de renta per cápita serán excluidas de la presente convocatoria.

3) Los beneficiarios de la ayuda deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Aranjuez a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, sin perjuicio de los restantes requisitos previstos legal y reglamentariamente. A estos efectos, el solicitante de la beca autoriza a la Delegación de Educación a comprobar de oficio la situación actual, a través del departamento de Recaudación Municipal.

3. Cuantía global máxima.—Al objeto de financiar las ayudas que se rigen por la presente convocatoria, el Ayuntamiento de Aranjuez destinará hasta la cantidad de 1.440 euros con cargo a la partida presupuestaria 41.3340.48100.

4. Solicitudes, lugar y plazo de presentación.—Las solicitudes de ayuda se entregarán debidamente cumplimentadas, con toda la documentación requerida, en la Oficina de Atención al Ciudadano (Registro General del Ayuntamiento, sin cita previa). El plazo de presentación de solicitudes será de 7 días hábiles a partir del siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Aranjuez, a 28 de noviembre de 2025.—El interventor general, Rafael Gallego Martín.

(03/19.829/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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