Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 294

Fecha del Boletín 
10-12-2025

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251210-26

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

26
ORDEN 2804/2025, de 26 de noviembre, de la Consejería de Cultura Turismo y Deporte, por la que se minora parcialmente el importe de subvenciones concedidas mediante Convenio de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte a determinadas Universidades de la Comunidad de Madrid para sufragar gastos de arbitraje de la organización de Campeonatos de España Universitarios 2025.

I. La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, según lo establecido en el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 1 del Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, es el órgano de la Comunidad de Madrid encargado del desarrollo, coordinación y control de ejecución de las políticas públicas del Gobierno, entre otras, en materia de Deporte.

II. La Dirección General de Deportes, según lo establecido en el artículo 11 del citado Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, tiene atribuidas, entre otras, las funciones relativas a “el impulso, la organización, en su caso, y la colaboración en el desarrollo de la competición deportiva en general entre los distintos colectivos de la población, prestando especial atención a la competición deportiva escolar y universitaria, así como en categorías inferiores”, así como para la “la implementación de programas de fomento de la práctica de actividad física y ejercicio físico y deporte para toda la población, ya sea directamente o en colaboración con otras entidades públicas o privadas”.

III. Por Resolución de 30 de octubre de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes se convocaron los Campeonatos de España Universitarios para el año 2025 y se estableció el procedimiento para su desarrollo. Asimismo, por Resolución de 8 de enero de 2025, de dicha Presidencia, se acordó conceder la organización del Campeonato de España Universitario para 2025, en las siguientes modalidades, a las siguientes Universidades:

1) Orientación y Triatlón, a la Universidad Antonio de Nebrija de Madrid.

2) Karate y Taekwondo, a la Universidad de Alcalá de Henares de Madrid.

3) Vóley Playa, a la Universidad Autónoma de Madrid.

4) Badminton, Balonmano, Fútbol 11, Hípica, Natación y Natación Adaptada, a la Universidad Camilo José Cela de Madrid.

5) Vóleibol, a la Universidad Carlos III de Madrid.

6) Rugby 7 y Tiro con Arco, a la Universidad Complutense de Madrid.

7) Atletismo y Baloncesto, a la Universidad Politécnica de Madrid.

8) Ajedrez, a la Universidad Pontificia de Comillas de Madrid.

9) Tenis, a la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid.

10) Golf y Pádel, a la Universidad de San Pablo CEU de Madrid.

11) Escalada, a la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), en Madrid.

12) Baloncesto 3x3, Esgrima, Fútbol Sala, Luchas Olímpicas y Tenis de Mesa, a la Universidad Francisco de Vitoria de Madrid.

13) Campo a través y Judo, a la Universidad Europea de Madrid.

IV. Que entre los gastos necesarios para la organización de estas competiciones, se incluyen los gastos correspondientes a los arbitrajes realizados por el equipo arbitral de la federación deportiva competente, interviniente en las mismas, para cuya financiación las citadas Universidades suscribieron un convenio (cada una) con la Comunidad de Madrid por el que se concede una subvención para tal finalidad, buscando colaborar, dado el interés común y las competencias de la Comunidad de Madrid, en la organización de esta competición universitaria, de acuerdo con lo previsto en el citado artículo 16 de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid.

V. El artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid (en consonancia con lo establecido, a su vez, por el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones), prevé la posibilidad de que se adjudiquen de forma directa, con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. Concurren en este caso razones de interés público y social en la concesión de esta ayuda, derivadas directamente de la Ley estatal del Deporte y de Ley del Deporte de la Comunidad de Madrid, al haberse seleccionado estas Universidades para la celebración de la fase final de los campeonatos universitarios 2025 en las modalidades indicadas, permitiendo a las mismas como beneficiarias de la ayuda regulada en los cotados convenios, afrontar los gastos derivados de su organización para los arbitrajes oficiales, y traer a nuestra región su celebración, con los consiguientes beneficios en el ámbito deportivo, económico y social.

De acuerdo con lo establecido en el citado artículo 4.5 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, el Consejo de Gobierno podrá autorizar la celebración de convenios o acuerdos de colaboración sin contraprestación con los beneficiarios de las subvenciones, cuando estos se encuentren singularizados en el momento de su autorización. Dicha autorización se ha producido mediante acuerdo de fecha 17 de septiembre de 2025.

VI. De acuerdo con lo establecido en las cláusulas primera y segunda de los convenios, el objeto de los mismos es articular la concesión directa, con carácter excepcional y por razones de interés público y social, de subvenciones que se otorgan por la Comunidad a las siguientes Universidades y por los siguientes importes:

1) Universidad Antonio de Nebrija de Madrid, para sufragar los gastos derivados de los arbitrajes realizados en los Campeonatos de España Universitarios, en las modalidades de Orientación y Triatlón, celebrados los días 15, 16 y 17 de mayo de 2025 y 17 y 18 de mayo de 2025, respectivamente Importe máximo 6.105 euros.

2) Universidad de Alcalá, para sufragar los gastos derivados de los arbitrajes oficiales realizados en los Campeonatos de España Universitarios, en las modalidades de Karate y Taekwondo, celebrados los días 25 y 26 de abril y 2 y 3 de mayo, de 2025, respectivamente. Importe máximo 7.770 euros.

3) Universidad Autónoma de Madrid, para sufragar los gastos derivados de los arbitrajes oficiales realizados en el Campeonato de España Universitario, en la modalidad de Vóley Playa, celebrado los días 20, 21 y 22 de mayo de 2025. Importe máximo 4.020 euros.

4) Universidad Camilo José Cela de Madrid, para sufragar los gastos derivados de los arbitrajes oficiales realizados en los Campeonato de España Universitario de las modalidades de Bádminton, Balonmano, Fútbol 11, Hípica, Natación y Natación adaptada, celebrados los días 31 de marzo y 1, 2 y 3 de abril de 2025; 20, 21, 22 y 23 de mayo de 2025; 8, 9, 10 y 11 de abril de 2025; 2, 3, 4, 5 y 6 de abril de 2025; y 5 y 6 de abril de 2025, respectivamente. Importe máximo 25.523,64 euros.

5) Universidad Carlos III de Madrid, para sufragar los gastos derivados de los arbitrajes oficiales realizados en el Campeonato de España Universitario de Voleibol, celebrado los días 7, 8, 9 y 10 de abril de 2025. Importe máximo 11.500,00 euros.

6) Universidad Complutense de Madrid, para sufragar los gastos derivados de los arbitrajes oficiales realizados en los Campeonatos de España Universitarios, en las modalidades de Rugby 7 y Tiro con Arco, celebrados los días 28, 29 y 30 de abril de 2025. Importe máximo 10.200,00 euros.

7) Universidad Politécnica de Madrid, para sufragar los gastos derivados de los arbitrajes oficiales realizados en los Campeonatos de España Universitario, en las modalidades de Atletismo y Baloncesto, celebrados los días 2, 3 y 4 de mayo de 2025, y 26, 27, 28 y 29 de mayo de 2025, respectivamente. Importe máximo 14.368,80 euros.

8) Universidad Pontificia de Comillas de Madrid, para sufragar los gastos derivados de los arbitrajes realizados en el Campeonato de España Universitario, en la modalidad de Ajedrez, celebrado los días 3, 4, 5 y 6 de abril de 2025. Importe máximo 2.127,00 euros.

9) Universidad Rey Juan Carlos de Madrid, para sufragar los gastos derivados de los arbitrajes oficiales realizados en los Campeonatos de España Universitarios, en la modalidad de Tenis, celebrado los días 19, 20, 21 y 22 de mayo de 2025. Importe máximo 1.526,00 euros.

10) Universidad San Pablo CEU de Madrid, para sufragar los gastos derivados de los arbitrajes oficiales realizados en los Campeonatos de España Universitarios, en las modalidades de Golf y Pádel, celebrados los días 27, 28, 29 y 30 de abril de 2025 y 6, 7, 8 y 9 de abril de 2025, respectivamente. Importe máximo 2.126,50 euros.

11) Universidad Nacional de Educación a Distancia, para sufragar los gastos derivados de los arbitrajes realizados en los Campeonatos de España Universitarios, en la modalidad de Escalada, celebrado los días 21, 22 y 23 de mayo de 2025. Importe máximo 3.405,00 euros.

12) Universidad Francisco de Vitoria de Madrid, para sufragar los gastos derivados de los arbitrajes realizados en los Campeonatos de España Universitarios, en las modalidades de Baloncesto 3x3, Esgrima, Fútbol Sala, Luchas Olímpicas y Tenis de Mesa, celebrados los días 29, 30 y 31 de mayo; 31 de marzo y 1 y 2 de abril; 19, 20, 21 y 22 de mayo; 24 y 25 de abril, y 28, 29 y 30 de abril, de 2025, respectivamente. Importe máximo 24.524,00 euros.

13) Universidad Europea de Madrid, para sufragar los gastos derivados de los arbitrajes oficiales realizados en los Campeonatos de España Universitarios, en las modalidades de Campo a través y Judo, celebrados los días 21 y 22 de marzo de 2025 y, 10 y 11 de abril de 2025, respectivamente. Importe máximo 14.057,05 euros.

VI. La cláusula tercera de los citados convenios señala las obligaciones que han de cumplir cada una de las Universidades, antes de proceder al pago de las cuantías concedidas, y así mismo en la quinta se establece que las Universidades como beneficiarias de esta subvención, están obligadas a aportar, antes del día 31 de octubre de 2025, la documentación justificativa correspondientes.

VIII. Una vez presentada la documentación justificativa en plazo por parte por las citadas Universidades y, examinada aquélla, se pone de manifiesto lo siguiente:

1) La Universidad Antonio Nebrija de Madrid ha justificado actividad por 5.076,00 euros. Por tanto, procede minorar en 1.029,00 euros el importe concedido.

2) La Universidad de Alcalá de Madrid, ha justificado actividad por todo el importe concedido: 7.770,00 euros.

3) La Universidad Autónoma de Madrid, ha justificado actividad por todo el importe concedido: 4.020,00 euros.

4) La Universidad Camilo José Cela de Madrid, ha justificado actividad por todo el importe concedido: 25.523,64 euros.

5) La Universidad Carlos III de Madrid, ha justificado actividad por 11.473,18 euros. Por tanto, procede minorar en 26,82 euros el importe concedido.

6) La Universidad Complutense de Madrid, ha justificado actividad por importe de 10.199,85 euros. Por tanto, procede minorar en 0,15 euros, el importe concedido.

7) La Universidad Politécnica de Madrid, ha justificado actividad por importe de 14.368 euros. Por tanto, procede minorar en 0,80 euros el importe concedido.

8) La Universidad Pontificia de Comillas de Madrid, ha justificado actividad por todo el importe concedido: 2.127,00 euros.

9) La Universidad Rey Juan Carlos de Madrid, ha justificado actividad por todo el importe concedido: 1.526,00 euros

10) La Universidad San Pablo CEU de Madrid, ha justificado actividad por todo el importe concedido: 2.126,50 euros

11) La Universidad Nacional de Educación a Distancia, en Madrid ha justificado actividad por importe de 3.364,84 euros. Por tanto, procede minorar en 40,16 euros el importe concedido.

12) La Universidad Francisco de Vitoria de Madrid ha justificado actividad por importe de 21.943,50 euros. Por tanto, procede minorar en 2.580,50 euros el importe concedido.

13) La Universidad Europea de Madrid ha justificado actividad por importe de 7.653,23 euros. Por tanto, procede minorar en 6.403,82 euros el importe concedido.

Por lo anterior, en ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas por la legislación vigente, y en particular por el artículo 7 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Minoración del importe de las subvenciones concedidas

De acuerdo con lo expuesto, procede realizar la minoración parcial de las subvenciones concedidas con cargo al subconcepto 45990 del programa 336A, a las siguientes Universidades y por los importes y documentos contables que se indican a continuación:

1) Universidad Antonio Nebrija de Madrid: - 1.029,00 euros (AD_COM/2025/ 0000762403).

2) Universidad Carlos III de Madrid: - 26,82 euros (AD_COM/2025/0000774803).

3) Universidad Complutense de Madrid: - 0,15 euros (AD_COM/2025/0000785059).

4) Universidad Politécnica de Madrid: - 0,80 euros (AD_COM/2025/0000785060).

5) Universidad Nacional de Educación a Distancia: - 40,16 euros (AD_COM/2025/ 0000725169).

6) Universidad Francisco de Vitoria de Madrid: - 2.580,50 euros (AD_COM/2025/ 0000735034).

7) Universidad Europea de Madrid: - 6.403,82 euros (AD_COM/2025/0000775253).

Segundo

Publicidad, eficacia y medios de impugnación

El presente acto se publicará en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y producirá efectos desde el día siguiente a dicha publicación.

Contra el mismo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes o, directamente, el recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, contados, en ambos casos, desde el siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de noviembre de 2025.—El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, P. D. C. (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de noviembre), el Director General de Deportes, Alberto Tomé González.

(03/19.726/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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