Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 295

Fecha del Boletín 
11-12-2025

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251211-79

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL BOALO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

79
El Boalo. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

De conformidad, y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 51.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y en el artículo 9.3 de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se hace público que por decreto de la Alcaldía 1282/2025, de 17 de noviembre, se ha dispuesto cuanto sigue:

Primero.—Que la Junta de Gobierno Local, bajo mi presidencia, estará integrada por la primera teniente de alcalde doña María Isabel Giménez Moreno, la segunda teniente de alcalde doña Yolanda Diana Castilla Mínguez, el tercer teniente de alcalde don Francisco Javier Salgado López y el cuarto teniente de alcalde don Manuel Alonso García.

Segundo.—Delegar en la Junta de Gobierno Local, las siguientes atribuciones o competencias (las mismas del mandato anterior según la resolución de alcaldía 479/2023, de 27 de junio):

1. Todas las delegables enumeradas en los apartados g), j), n), o) y q) del artículo 21, punto 1, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Si bien el otorgamiento de licencias que en las N. N. S. S., se consideran como menores, hoy se tramitan por declaración responsable.

2. Las competencias atribuidas a la Alcaldía, en el apartado 1 y 2 de las Disposiciones Adicionales Segunda y Tercera de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del Sector Público.

3. La resolución de los recursos que pudieran interponerse contra los acuerdos de la Junta de Gobierno Local, en el ejercicio de las atribuciones delegadas.

4. Mantener las atribuciones que en materia de disciplina urbanística se delegaron en Resolución de esta Alcaldía, de 21 de junio de 2012 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 263, de 3 de noviembre de 2012).

Tercero.—La revocación o modificación de las delegaciones habrá de adoptarse con las mismas formalidades que las exigidas para su otorgamiento.

Cuarto.—El presente decreto surtirá efectos conforme a lo dispuesto al efecto, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Quinto.—De este decreto se dará cuenta al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que éste celebre.

El Boalo, a 28 de noviembre de 2025.—La alcaldesa, Soledad Ávila Ribada.

(03/19.863/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251211-79