Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 296

Fecha del Boletín 
12-12-2025

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251212-73

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

OFERTAS DE EMPLEO

73
Boadilla del Monte. Ofertas de empleo. Proceso selectivo

Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, decreto del primer teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal y Patrimonio núm. 4071/2025, de fecha 1 de diciembre, cuya parte dispositiva resulta del siguiente tenor:

«1.o Aprobar la relación definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas al proceso selectivo convocado para la cobertura, en ejecución de la OPE 2024, por el turno libre, mediante el sistema de oposición, de una plaza de personal funcionario de la escala de Administración Especial, subescala técnica media, grupo A, subgrupo A2, del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.

2.o De conformidad con el acuerdo adoptado por el Tribunal Calificador, en su sesión de fecha 28 de noviembre de 2025, el ejercicio teórico-práctico de la fase de oposición, tendrá lugar el día 18 de diciembre de 2025, a las 16:00 horas, en el Centro de Formación Municipal, sito en la calle Victoria Eugenia de Battenberg, n.o 10, de Boadilla del Monte.

La modalidad para la realización de la segunda parte (práctica) del ejercicio, consistirá en el desarrollo de un supuesto práctico, relacionado con los contenidos del programa que figura en el Anexo de las bases que rigen la convocatoria, mediante la formulación de preguntas sobre el mismo, y para el cual los aspirantes podrán acudir provistos de textos legales, sin anotaciones ni comentarios manuscritos. El Tribunal Calificador podrá retirar aquellos textos que no se justen a estas indicaciones.

3.o Rectificar el apartado 4.o de la parte dispositiva del decreto núm. 2927/2025, de fecha 19 de septiembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 235, de 2 de octubre de 2025), en los términos que se indican:

Donde dice:

“(…) Titular: don Hermán Pascual Figueroa, técnico de Gestión del Ayuntamiento de Majadahonda/Suplente: doña Lourdes Barranco Jiménez, jefa de los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento de Majadahonda (…)”.

Debe decir:

“(…) Titular: don Herman Pascual Figueroa, técnico de Control Interno del Ayuntamiento de Majadahonda/Suplente: doña Lourdes Barranco Jiménez, directora de los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento de Majadahonda (…)”.

4.o Disponer la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en el Tablón de Edictos y Anuncios Digital del Ayuntamiento de Boadilla del Monte y en la página web municipal-empleo público.

5.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, puede ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado si transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.

La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.

No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su interposición).

Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime procedente».

En Boadilla del Monte, a 1 de diciembre de 2025.—El primer teniente de alcalde- delegado de Coordinación, Personal y Patrimonio, Jesús Egea Pascual.

(01/19.942/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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