Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 296

Fecha del Boletín 
12-12-2025

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251212-84

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE HUMANES DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

84
Humanes de Madrid. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de las bases rigen la participación y tramitación de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para asociaciones y grupos ciudadanos en la Cabalgata de Reyes 2026 de Humanes de Madrid.

BDNS: 873874

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, se 17 de noviembre, General de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

1. Objeto.—Esta subvención tendrá como finalidad promover la participación en la Cabalgata de Reyes que se celebrará el 5 de enero de 2026, con el objetivo de favorecer la participación ciudadana, y fomentar el desarrollo de actividades socio-comunitarias. Las subvenciones que se otorguen tendrán régimen de concurrencia competitiva.

2. Participantes.—Podrán solicitar subvención:

— Asociaciones legalmente constituidas inscritas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento que cumplan los siguientes requisitos:

1. Estar registradas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento, con anterioridad al 1 de noviembre de 2025.

2. No estar incursa en ninguna de las causas de incapacidad presentes en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.

— Grupos Ciudadanos, representados por persona mayor de edad.

3. Requisitos y criterios para participar.—Para la participación y la concesión de subvenciones se valorarán los siguientes criterios:

— Criterio 1. Originalidad de la temática de la carroza. Hasta 10 puntos.

— Criterio 2. Número de participantes con vestuario en la carroza:

• Mas de 25 participantes con atuendo específico: 5 puntos.

• Menos de 25 participantes con atuendo específico: 3 puntos.

En caso de empate se tendrá por referencia el orden de registro de la solicitud, decantándose el desempate por aquella entidad o grupo que haya registrado la solicitud con anterioridad a las demás.

4. Forma y plazo de presentación.—El plazo de solicitud de participación en la Cabalgata de Reyes será de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Para participar de la presente subvención, las entidades interesadas deberán presentar la correspondiente solicitud y documentación requerida en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Humanes de Madrid, dirigido a la Concejalía de Cultura, resultando necesario, a tales efectos, la aportación de los siguientes documentos:

Cerrado el plazo de presentación de solicitudes, se comprobará por los servicios técnicos municipales, el cumplimiento de los requisitos y la aportación de los documentos exigidos, tras lo cual se publicará un listado provisional de las admitidas y rechazadas, con indicación en estas últimas de la causa de tal rechazo, abriéndose un plazo de 10 días naturales para que los interesados afectados procedan a su subsanación. Transcurrido el señalado plazo de subsanación, se elaborará y publicará listado definitivo de participantes en la Cabalgata de Reyes, que contendrá aquellas solicitudes que hayan cumplido con los requisitos exigidos en las presentes bases.

Posteriormente, se elevará propuesta al órgano competente para resolver sobre la autorización de participación, y concesión de subvención. Los temas de las carrozas no podrán repetirse, en el caso de algún tema coincidente tendrá preferencia la Asociación o Grupo que lo haya presentado antes en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Humanes de Madrid.

5. Jurado/Comisión de valoración.—La Comisión de Valoración será la encargada de valorar las solicitudes presentadas para la concesión de la subvención, y estará formada por:

— El Concejal de Participación Ciudadana.

— Un representante del área de sociocultural.

— Un técnico del área de Participación Ciudadana.

— Un funcionario/a del Ayuntamiento de Humanes de Madrid que actuará como Secretario/a.

6. Cuantía de la subvención.—El presupuesto total para estas subvenciones asciende a 6.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 2026 924 48900 con núm. de expediente 2/2025000000750. Tendrá carácter anual y el pago se realizará con cargo al presupuesto del año 2026. Las subvenciones tendrán una cuantía máxima de 600 euros (IVA incluido), por entidad/grupo de ciudadanos participante de acuerdo con el siguiente desglose:

— Por grupo a pie con un mínimo de 20 participantes: 300,00 euros.

— Por grupo con carroza sea o no municipal con un mínimo de 30 participantes 600,00 euros.

Las subvenciones se abonarán una vez justificadas por la cuantía que se justifique y hasta el máximo expresado anteriormente. Asimismo el Ayuntamiento se reserva el derecho a sancionar con la retirada de la subvención en caso de incumplimiento de las presentes bases.

La concesión de la Subvención queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión, todo ello en aplicación del artículo 56 del Real Decreto 887/2006, del 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

7. Aceptación y publicidad.—La participación implica la aceptación íntegra de las bases, que pueden consultarse en el Tablón de Anuncios y la web oficial del Ayuntamiento de Humanes de Madrid ( www.ayto-humanesdemadrid.es ).

En Humanes de Madrid, a 10 de diciembre de 2025.—El concejal-delegado de Cultura, Alberto Rivas González.

(03/20.527/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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