Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 300

Fecha del Boletín 
17-12-2025

Sección 1.2.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251217-10

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

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RESOLUCIÓN de 15 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se modifica la resolución de 25 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos para la renovación y la selección del puesto de dirección de los centros educativos públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid.

Por Resolución de 25 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos, se han convocado procedimientos para la renovación y la selección del puesto de dirección de los centros educativos públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid.

Habiéndose detectado la necesidad de clarificar algunas bases de la resolución de convocatoria y, a los efectos de garantizar seguridad jurídica y el mejor desarrollo del proceso, se procede a la modificación de lo dispuesto en las bases 5.4.2 y 19.9 de la mencionada resolución.

Por cuanto antecede y, en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, esta Dirección General

RESUELVE

Primero

Modificación de las bases 5.4.2 y 19.9 de la Resolución de 25 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos para la renovación y la selección del puesto de dirección de los centros educativos públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid.

Se modifica el título y el primer párrafo de la base 5.4.2 de la resolución de convocatoria, quedando redactada en los siguientes términos:

“5.4.2. Remisión del documento de actualización del proyecto de dirección a los representantes de Inspección Educativa.

Las Direcciones de Área Territorial, en el plazo de cinco días hábiles a partir del día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, remitirán a los representantes de Inspección Educativa el documento de actualización del proyecto de dirección a los efectos de verificar el cumplimiento de los requisitos de formato, así como que el mismo esté diseñado para el centro educativo al que se presenta, debiendo responder a su realidad, contexto y necesidades específicas”.

Se modifica el segundo párrafo de la base 19.9 de la resolución de convocatoria, referida a los Nombramientos extraordinarios, quedando redactada en los siguientes términos:

“Con carácter general los candidatos nombrados por este procedimiento extraordinario deberán cumplir los requisitos exigidos para los aspirantes que se presenten al proceso de selección. No obstante, ante la imposibilidad de su cobertura, y para garantizar el funcionamiento de los centros educativos y, por ende, el derecho a la educación de los alumnos, esta Administración podrá eximir excepcionalmente del cumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en la base 6.1 de esta resolución, a excepción de la exigencia de ser funcionario de carrera. En tal caso, estos centros deberán incluirse en el primer procedimiento que se convoque para la selección del puesto de dirección”.

Segundo

Recursos

La presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá ser recurrida en alzada ante la Viceconsejería de Política y Organización Educativa de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, a 15 de diciembre de 2025.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.

(03/20.874/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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