Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 300

Fecha del Boletín 
17-12-2025

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251217-110

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE VELASCO

RÉGIMEN ECONÓMICO

110
Torrejón de Velasco. Régimen económico. Ordenanza fiscal

Se hace público, a efectos de lo previsto en los artículos 15 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, que por acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Torrejón de Velasco, en Sesión Extraordinaria y Urgente celebrada el 4 de diciembre de 2025, se han desestimado las alegaciones presentadas durante el plazo de información pública y se ha aprobado definitivamente la modificación de la ordenanza fiscal número 22, reguladora de la tasa por prestación del servicio de gestión de residuos de competencia local (tasa de basuras), que se concreta en:

— Modificación del artículo 6.1 relativo a la cuota tributaria respecto de los siguientes tipos de usos y cuotas:

Nota: Se diferencia el uso residencial en suelo rústico (con modificación de las cuotas fijas y variables) y se modifican las cuotas fijas y variables de los usos industrial y ocio-hostelería. El resto de usos y cuotas se mantienen tal y como están aprobadas en la ordenanza municipal (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 17, de 21 de enero de 2025, página 263).

— Modificación del artículo 6.2 relativo a las superficies y usos a computar indicando:

“En todo caso, en los inmuebles cuyo tipo de uso principal sea el residencial, siempre que estén en suelo urbano, la superficie máxima a considerar para el cálculo de la cuota tributaria será de 300 m2c”.

Esta modificación de ordenanza devendrá aplicable a partir del día siguiente de su publicación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose de que dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

En Torrejón de Velasco, a 4 de diciembre de 2025.—El alcalde-presidente, Esteban Bravo Fernández.

(03/20.262/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251217-110