Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 300

Fecha del Boletín 
17-12-2025

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251217-99

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

99
Fuenlabrada. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 5 de diciembre de 2025 (punto 32.5) por el que se aprueban el gasto y la convocatoria de subvenciones del programa Fuencoles 2025-2026 para la realización del programa “Patios Abiertos”, actividades extraescolares y la apertura en días no lectivos en 35 centros educativos públicos de Fuenlabrada.

BDNS: 873807

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones en el siguiente enlace: https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias

Primero. Beneficiarios.—Los 35 centros educativos que podrán acogerse a esta convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva son los que se relacionan a continuación, los cuales formularon solicitud previa para participar del programa Fuencoles 2025-2026, siendo ésta aprobada por su Consejo Escolar y registrada en el Ayuntamiento de Fuenlabrada:

Centro Educativo:

1. CEIP Andrés Manjón.

2. CEIP Antonio Machado.

3. CEIPSO Arcipreste de Hita.

4. CEIP Aula III.

5. CEIP Benito Pérez Galdós.

6. CEIP Carlos Cano.

7. CEIP Cervantes.

8. CEIP Dulce Chacón.

9. CEIP El Trigal.

10. CEIPSO Enrique Tierno Galván.

11. CEIP Fco. de Goya.

12. CEIP Fco. Quevedo.

13. CEIP Fregacedos.

14. CEIP Giner de los Ríos.

15. CEIP Green Peace.

16. CEIP John Lennon.

17. CEIP Juan de la Cierva.

18. CEIP La Cañada.

19. CEIP León Felipe.

20. CEIP Lope de Vega.

21. CEIP Loranca.

22. CEIP Maestra Trinidad García.

23. CEIP Manuel de Falla.

24. CEIP Manuela Malasaña.

25. CEIP Miguel Hernández.

26. CEIP Pablo Neruda.

27. CEIP Poetisa Celia Viñas.

28. CEIP Rayuela.

29. CEIP Rosalía de Castro.

30. CEIP Santiago Ramón y Cajal.

31. CEIP Vicente Blasco Ibáñez.

32. CEIP Víctor Jara.

33. CEIP Yvonne Blake.

34. CEIPSO Salvador Dalí.

35. CEIPSO Velázquez.

Segundo. Objeto.—Se convocan ayudas para financiar gastos por la realización del programa “Patios Abiertos”, actividades extraescolares y apertura en períodos no lectivos contribuyendo a reducir el desembolso económico de las familias y así facilitar la apertura de estos centros en los días y horarios señalados.

Tercero. Gastos subvencionables.—Serán objeto de subvención tanto la apertura de los patios de los centros escolares públicos como la prestación de actividades extraescolares y/o la apertura en días no lectivos, dirigidas con carácter general a los alumnos matriculados en dichos centros. Si existieran plazas libres no ocupadas por alumnos del propio centro, podrán participar otros alumnos no escolarizados en él y, excepcionalmente, alumnos de otros municipios, siempre que cumplan los requisitos establecidos y existan plazas disponibles no ocupadas por alumnos del centro o del municipio.

Serán subvencionables los gastos por la realización de estas actividades destinados a los siguientes conceptos:

— Pago a los profesionales encargados del desarrollo de las actividades.

— Adquisición de material.

— Material necesario para la actividad.

No se subvencionarán gastos inventariables. Se considerará inventariable toda la compra de objetos del mismo grupo, igual o superior a 400 euros.

Cuarto. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.

Quinto. Importe.—El importe asignado a estas ayudas asciende en total a 538.400 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 6051-326-48941, de los cuales 215.360 euros corresponden al ejercicio 2025 y 323.040 euros al ejercicio 2026. El importe máximo asignable a cada Centro Educativo consta en el artículo 6 de las bases de la convocatoria.

Sexto. Plazo presentación solicitudes.—Se establece un plazo de 20 días hábiles desde el siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para formalizar la solicitud de subvención, que deberá presentarse a través de Sede Electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada o a través de las Sedes Electrónicas de las Administraciones Públicas en cumplimiento del artículo 14 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común, acompañada de la documentación relacionada en el artículo 8 de la convocatoria.

Séptimo. Pago.—Se procederá al pago de la subvención de manera anticipada, por la totalidad, mediante transferencia a la cuenta bancaria que conste en la solicitud.

Octavo. Justificación.—Para la justificación, se establece como fecha máxima de presentación el 15 de julio de 2026, mediante la documentación requerida en el artículo 15 de la convocatoria.

Lo que se publica para su conocimiento y demás efectos, haciéndole saber que este acto agota la vía administrativa y contra el mismo podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante alguno de los órganos jurisdiccionales que prevén los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de esta notificación.

Sin perjuicio de lo anterior, podrá, con carácter potestativo, interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Asimismo, podrá utilizar cualquier otro recurso previsto en la Ley que a su derecho interese.

La interposición de los recursos mencionados no suspende, por sí sola, la ejecución del acto administrativo.

Fuenlabrada, a 9 de diciembre de 2025.—El alcalde presidente, Francisco Javier Ayala Ortega.

(03/20.549/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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