Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 305

Fecha del Boletín 
23-12-2025

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251223-73

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

73
San Fernando de Henares. Régimen económico. Presupuesto general

Aprobado inicialmente en sesión ordinaria de Pleno de este Ayuntamiento, de fecha 18 de diciembre de 2025, el presupuesto general del Ayuntamiento de San Fernando de Henares, con sus bases de ejecución y la plantilla del personal funcionario, laboral y eventual para el ejercicio económico 2026, con arreglo a lo previsto en los artículos 168 y 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y los artículos 18, 19 y 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al público el expediente y la documentación preceptiva por un plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos de reclamaciones y alegaciones.

Durante dicho plazo, el expediente del presupuesto municipal correspondiente al ejercicio 2026, podrá ser examinado por cualquier interesado para formular las alegaciones que se estimen pertinentes, encontrándose a su disposición en las dependencias del Departamento de Intervención ubicadas en el edificio de la Casa Consistorial (planta baja), sito en la plaza de España, s/n, de San Fernando de Henares (Madrid).

De conformidad con el acuerdo adoptado por el Pleno municipal, el presupuesto se considerará definitivamente aprobado, si durante el citado plazo de exposición pública no se presentaran alegaciones o reclamaciones por los interesados.

San Fernando de Henares, a 19 de diciembre de 2025.—El alcalde, Francisco Javier Corpa Rubio.

(03/21.334/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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