Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 307

Fecha del Boletín 
26-12-2025

Sección 1.3.109.60: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251226-35

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

FUNDACIÓN DE LA ENERGÍA DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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RESOLUCIÓN de 22 de diciembre de 2025, de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, por la que se amplía la cuantía del crédito presupuestario consignado la Resolución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, de 28 de mayo de 2025, por la que se convoca la concesión de ayudas a la movilidad eléctrica del Programa MOVES III-Año 2025.

Mediante Real Decreto-Ley 3/2025, de 1 de abril, se establece el programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025, habiéndose publicado en el “Boletín Oficial del Estado” de 1 de abril de 2025. En el citado Real Decreto-Ley se regula el Programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025, indicando que se regirá por lo dispuesto en el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en los términos que prevé el artículo 5 de este Real Decreto-Ley, y con un período de vigencia que se extiende desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2025.

Mediante Resolución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid de 28 de mayo de 2025, publicada mediante extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 137, de 10 de junio de 2025, se convocó la concesión de ayudas a la movilidad eléctrica del Programa MOVES III-Año 2025 en la Comunidad de Madrid.

En el artículo 4 de la citada Resolución, relativo a la dotación presupuestaria, se estableció como importe máximo destinado a la concesión de las subvenciones la cantidad de 54.500.000,00 euros, a financiar con cargo al presupuesto asignado a la Comunidad de Madrid para la ejecución del Programa MOVES III Año 2025. De este crédito, se asignaron 43.600.000,00 euros al Programa 1 (adquisición de vehículos eléctricos) y 10.900.000,00 euros al Programa 2 (despliegue de infraestructuras de recarga).

A su vez, en su artículo 4.4, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 10.3 del Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, se prevé la posibilidad de que el presupuesto de los programas pueda ser ampliado de existir disponibilidad presupuestaria para esta misma finalidad, y siempre que no hubiera expirado el plazo de vigencia de los mismos, tanto con fondos que provengan de los Presupuestos Generales del Estado, como de otros orígenes, siempre que hayan sido transferidos a la E. P. E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, M. P. (“IDEA”) e incorporados a su patrimonio propio.

Por último, mediante Resolución de fecha 17 de diciembre de 2025, del Presidente de la E. P. E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, M. P. (IDAE), por la que se amplía el presupuesto para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III para 2025), aprobado por el Real Decreto-Ley 3/2025, de 1 de abril, se otorga nueva ayuda a la Comunidad de Madrid, por un total de 83.000.000,00 euros adicionales para la concesión de ayudas.

Por tanto, conforme a la previsión recogida en el artículo 4.4 de la Resolución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid de 28 de mayo de 2025, en relación con el artículo 10.3 del Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, y existiendo disponibilidad presupuestaria, se amplía el crédito presupuestario consignado en la convocatoria de ayudas a la movilidad eléctrica del Programa MOVES III año 2025.

Por ello, vistos los preceptos legales citados y demás normativa de pertinente aplicación, así como las circunstancias concurrentes señaladas, el Director-Gerente de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid

DISPONE

Primero

Ampliar el crédito presupuestario consignado en la convocatoria de concesión de ayudas a la movilidad eléctrica del Programa MOVES III-Año 2025, conforme a lo siguiente:

Uno. Ampliar la cuantía del crédito consignado en el artículo 4 de la Resolución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, de 28 de mayo de 2025, por la que se convoca la concesión de ayudas a la movilidad eléctrica del Programa MOVES III-Año 2025 por un importe de 83.000.000,00 euros, quedando, por tanto, la dotación económica total fijada en 137.500.000,00 euros.

Dos. Del importe indicado en el apartado anterior, se asignan 69.000.000,00 euros a las ayudas correspondientes al Programa de incentivos 1, quedando, por tanto, la dotación económica total fijada para este programa en 112.600.000,00 euros, y se asignan 14.000.000,00 euros a las ayudas correspondientes al Programa de incentivos 2, quedando, por tanto, la dotación económica total fijada para este programa en 24.900.000,00 euros.

Segundo

El crédito indicado se destinará, exclusivamente, a atender las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión de las ayudas cuyas solicitudes se hayan presentado en el plazo indicado en el artículo 3.3 de la Resolución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, de 28 de mayo de 2025, por la que se convoca la concesión de ayudas a la movilidad eléctrica del Programa MOVES III-Año 2025.

Tercero

La presente Resolución se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, esta Resolución será objeto de difusión electrónica a través de la página web institucional de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid.

Cuarto

La presente Resolución no implica la apertura de nuevo plazo de presentación de solicitudes, por lo que exclusivamente serán tenidas en cuenta las solicitudes presentadas en el plazo fijado en la convocatoria

Quinto

La presente Resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 22 de diciembre de 2025.—El Director-Gerente de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, José Pedro Reques Fernández.

(03/21.408/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.109.60: I. COMUNIDAD DE MADRID

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