Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 309

Fecha del Boletín 
29-12-2025

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251229-75

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDETORRES DE JARAMA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Valdetorres de Jarama. Régimen económico. Calendario fiscal

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 5 de diciembre de 2025, acordó la aprobación del calendario fiscal del municipio correspondiente al ejercicio 2026 (que estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento), en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 24 y 25 del Reglamento General de Recaudación aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, en los términos que se exponen a continuación:

Calendario fiscal 2026 del Ayuntamiento de Valdetorres de Jarama

Fechas de puesta al cobro de padrones en período voluntario:

— Impuesto de vehículos de tracción mecánica (IVTM). Del 3 de febrero al 3 de abril de 2026.

— Tasa de recogida de basuras. Del 3 de febrero al 3 de abril de 2026.

— Tasa ocupación vía pública con mesas y sillas. Del 4 de junio al 4 de agosto de 2026.

— Tasa de vados. Del 1 de julio al 1 de septiembre de 2026.

— Impuesto sobre bienes inmuebles. Del 3 de septiembre al 3 de noviembre de 2026.

• Primer plazo (65 %) sistema especial de pago fraccionado IBI (domiciliado): 23 de junio de 2026.

• Segundo plazo (3 5%) sistema especial de pago fraccionado IBI (domiciliado): 4 de noviembre de 2026.

— Impuesto sobre actividades económicas. Del 3 de septiembre al 3 de noviembre de 2026.

Notas:

1. El plazo para acogerse tanto al sistema especial de pago del IBI (en 2 plazos y con bonificación de un 3,25 %), como para solicitar la bonificación por familia numerosa, finaliza el día 31 de diciembre de 2025.

2. Debe tenerse en cuenta que la notificación por correo es voluntad, y no obligación, del Ayuntamiento y que el hecho de no recibir el recibo en su domicilio no exime al contribuyente de la obligación de pago del impuesto empezando entonces la vía ejecutiva al día siguiente de finalizar el plazo de pago en período voluntario.

3. Las domiciliaciones bancarias, serán cargadas dentro de los 10 primeros días del plazo de pago voluntario.

Valdetorres de Jarama, a 15 de diciembre de 2025.—El alcalde-presidente, José María de Diego Tortosa.

(01/20.921/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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