Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 309

Fecha del Boletín 
29-12-2025

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251229-79

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN

CONTRATACIÓN

79
Villaviciosa de Odón. Contratación. Enajenación parcelas

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace público el Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 3 de diciembre de 2025, por el que se acuerda la adhesión a la mesa de contratación permanente, de la calificación y valoración de las ofertas presentadas en el procedimiento de enajenación de la parcela 10.3 del Sector UZ 1, 2, 3 Monte de la Villa.

«ACUERDO

Antecedentes

Primero.—Por acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 17 de septiembre de 2025, se aprobaron los pliegos de condiciones que han de regir la enajenación por concurso de la parcela municipal M10-P3, perteneciente al patrimonio público de suelo, situada en el sector UZ 1, 2, 3 Monte de la Villa de Villaviciosa de Odón, destinada a la construcción de viviendas de protección pública.

La cláusula 19 de los citados pliegos dispone que se constituirá una Mesa para la calificación y valoración de las ofertas presentadas, que estará formada por un mínimo de tres personas, designadas por el órgano competente entre empleados públicos del Ayuntamiento y miembros de la Corporación.

Segundo.—De conformidad con lo previsto en la disposición adicional segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del Sector Público, el órgano competente para la enajenación de la parcela M10-P3 es el alcalde, que tiene delegada la competencia en la Junta de Gobierno Local por Decreto 1906/2023 de 28 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de agosto).

Tercero.—La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 21 de mayo de 2025, por delegación de la Alcaldía-Presidencia (resolución de 28 de junio de 2023), aprobó la composición de la Mesa de Contratación permanente para los contratos en los que la competencia para contratar esté atribuida legalmente a la Alcaldía-Presidencia, disponiendo en su apartado primero:

(…)

“Esta composición de las Mesas de Contratación será aplicable a aquella que se deban constituir en expedientes en que el órgano competente (D.A.2.a de la LCSP) sea la Alcaldía-Presidencia de la Corporación o la Junta de Gobierno por delegación de la Alcaldía-presidencia”.

Por todo ello, se propone la adopción del siguiente acuerdo:

Primero.—La adhesión a la mesa de contratación permanente cuya composición fue aprobada por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 21 de mayo de 2025, por delegación de la Alcaldía-presidencia (resolución de 28 de junio de 2023) para las contratos en los que la competencia para contratar esté atribuida legalmente a la Alcaldía-Presidencia, siendo esta la mesa que ha de calificar y valorar las ofertas presentadas en el procedimiento de enajenación de la parcela 10.3 del Sector UZ 1,2,3 Monte de la Villa, destinada a la construcción de viviendas con protección pública, en los términos establecidos en la cláusula 19 de los pliegos de condiciones.

Segundo.—Dar traslado del presente acuerdo al Servicio de Contratación.

Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el Portal de Transparencia».

En Villaviciosa de Odón, a 15 de diciembre de 2025.—El alcalde-presidente, Juan Pedro Izquierdo Casquero.

(01/20.954/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251229-79