Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 310

Fecha del Boletín 
30-12-2025

Sección 1.3.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251230-22

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS

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ORDEN de 11 de diciembre de 2025, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se cierra el plazo de presentación de solicitudes en el procedimiento de concesión directa de las ayudas a las personas arrendatarias en situación de vulnerabilidad sobrevenida, convocadas mediante Acuerdo de 26 de octubre de 2022, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.

En el marco de la Administración General del Estado, el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, viene a aprobar el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025 en el que se recogen una serie de programas de ayudas para facilitar el acceso a la vivienda a distintos colectivos con especiales necesidades.

Dentro de los programas de ayudas establecidos en el Plan Estatal se encuentra el programa de ayuda a las personas arrendatarias en situación de vulnerabilidad sobrevenida, que se diseñó como una subvención de gestión directa debido a la existencia de razones de interés público.

Mediante Acuerdo de 26 de octubre de 2022, del Consejo de Gobierno, se convocaron las ayudas a las personas arrendatarias en situación de vulnerabilidad sobrevenida, previstas en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.

El Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, según dispone en su Título II, regula el Plan Estatal para el acceso a la vivienda para un periodo cuatrienal que comenzó en el 2022 y finalizará el 31 de diciembre 2025, por lo que es necesario cerrar el plazo de presentación de solicitudes de esta línea de subvención toda vez que el siguiente Plan Estatal de Vivienda comenzará su vigencia en el 2026.

De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final Primera de dicho Acuerdo, se faculta al titular de la Consejería para dictar cuantos actos e instrucciones sean necesarios para el desarrollo y aplicación de lo dispuesto en el mismo.

En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en las disposiciones vigentes

DISPONGO

Primero

Cerrar el plazo de presentación de subvenciones en el procedimiento de concesión directa de las ayudas a las personas arrendatarias en situación de vulnerabilidad sobrevenida, convocadas mediante Acuerdo de 26 de octubre de 2022, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid el día 31 de diciembre de 2025.

Segundo

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras en el plazo de un mes o, directamente, el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, computándose ambos desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de diciembre de 2025.—El Consejero de Vivienda, Transportes e Infraes­tructuras, P. D. (Orden de 27 de diciembre de 2023, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2/1/2024), la Directora General de Ayudas y Acceso a la Vivienda, Elena Rodríguez-Manzaneque García-Alcañiz.

(03/21.052/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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