Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 1

Fecha del Boletín 
02-01-2026

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260102-5

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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CORRECCIÓN de errores de la Orden 1993/2024, de 12 de julio, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 186, de 6 de agosto), por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Gestión de Empleo, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid.

Advertido error en la Orden 1993/2024, de 12 de julio, de la Consejería de Economía, Hacienda, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Gestión de Empleo, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, y de conformidad con lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/20215, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a su rectificación en los siguientes términos, permaneciendo inalterable el resto del contenido de la citada Orden 1993/2024, de 12 de julio:

En la base octava “Calificación de la Oposición”, apartado 2.2, donde dice:

“La calificación final de este ejercicio será determinada mediante la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los temas, debiendo estar comprendida entre cero y treinta puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de quince puntos”.

Debe decir:

“La calificación final de este ejercicio será determinada mediante la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los temas, debiendo estar comprendida entre cero y treinta puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de quince puntos”.

En la base octava “Calificación de la Oposición”, apartado 2.3, donde dice:

“La calificación final de este ejercicio será determinada mediante la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en cada parte, debiendo estar comprendida entre cero y cincuenta puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de veinticinco puntos (25 puntos)”.

Debe decir:

“La calificación final de este ejercicio será determinada mediante la suma de las puntuaciones obtenidas en cada parte, debiendo estar comprendida entre cero y cincuenta puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de veinticinco puntos (25 puntos)”.

En Madrid, a 17 de diciembre de 2025.—La Directora General de Función Pública, por Delegación de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo mediante Orden de 17 de abril de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de mayo), María José Esteban Raposo.

(01/21.145/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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