Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 3

Fecha del Boletín 
05-01-2026

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260105-38

Páginas: 6


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN

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ORDEN 724/2025, de 16 de diciembre, de la Consejería de Digitalización, por la que se conceden los Premios Emprendimiento Digital Comunidad de Madrid para el año 2025 en ejecución del Proyecto RETECH-Redes de Emprendimiento Digital en la Comunidad de Madrid (C13I1PRTR), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU (C13.I1.P11.S13).

Los Premios Emprendimiento Digital Comunidad de Madrid (en adelante, los “Premios”), cuya finalidad es galardonar las mejores iniciativas digitales propuestas por startups en los sectores de Salud, Greentech y Aeroespacial que puedan implantarse dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, se rigen por la Orden 174/2025, de la Consejería de Digitalización, por la que se aprueban las bases reguladoras de los Premios Emprendimiento Digital Comunidad de Madrid en ejecución del Proyecto RETECH-Redes de Emprendimiento Digital en la Comunidad de Madrid (C13I1PRTR), y la convocatoria para la presentación de solicitudes por el procedimiento de concurrencia competitiva, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea - Next Generation EU (C13.I1.P11.S13) (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163, 10 de julio de 2025).

De conformidad con la normativa reguladora aplicable y tras haberse realizado las correspondientes valoraciones por la Comisión de Valoración, cuyos miembros fueron designados mediante Resolución de 16 de octubre de 2025, de la Dirección General de Estrategia Digital, se ha elevado para su aprobación la propuesta de resolución de los premios al Consejero de Digitalización.

En virtud de lo anterior, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; así como en las restantes normas de Derecho Público que regulan las subvenciones y demás disposiciones de derecho de la Unión Europea, nacional o autonómico que resulten aplicables, y en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 261/2023, de 29 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Digitalización,

DISPONE

Primero

Concesión de premios

Conceder los Premios Emprendimiento Digital Comunidad de Madrid para el año 2025 en ejecución del Proyecto RETECH-Redes de Emprendimiento Digital en la Comunidad de Madrid (C13I1PRTR), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU (C13.I1.P11.S13), a las startups siguientes, teniendo en consideración que según se indica en el artículo 20 de la Orden 174/2025, de la Consejería de Digitalización, se establece en dos el número de premios a conceder por cada subcategoría:









Segundo

Asignación económica

1. La dotación económica de cada Premio Emprendimiento Digital Comunidad de Madrid para el año 2025 es de 15.000 euros, que se hará efectivo de manera individual y en un único pago a las startups relacionadas como premiadas en el dispone primero de esta orden.

2. El importe total de los premios concedidos asciende a 270.000 euros, que se harán efectivos con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2025, Programa 928M, Subconcepto 49000, financiado en su totalidad con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, al estar incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dentro del Componente 13, Inversión 1.

Tercero

Recursos

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes ante el Consejero de Digitalización, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otra actuación que considere procedente.

Madrid, a 16 de diciembre de 2025.—El Consejero de Digitalización, P. D. (Orden 47/2024, de 1 de abril de 2024), el Director General de Estrategia Digital, Ignacio Julen Azorín González.

(03/21.238/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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